Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
29-02-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160229-214

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LLEIDA NÚMERO 2

214
Lleida número 2. Ejecución 31 de 2015

EDICTO

Por esta cédula, dictada en méritos de lo acordado en el proceso de ejecución número 31 de 2015, instruido por este Juzgado de lo social número 2 de Lleida, a instancias de don Mihai Mateiuc, contra “Grup Ariza Projectes, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Grup Ariza Painter, Sociedad Limitada Unipersonal”, y don Antonio Ariza Mesa, se notifica a “Grup Ariza Painter, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), la resolución dictada en el indicado proceso, cuyo tenor literal en su parte dispositiva dice:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Paula Jarne Corral.—En Lleida, a 4 de diciembre de 2015.

El anterior escrito presentado por el letrado don Ramón Barrufet Olivart, de 4 de diciembre de 2015, únase a los autos de su razón y, visto su contenido, y con carácter previo a tenerlo por renunciado requiérase a los ejecutados “Grup Ariza Projectes, Sociedad Limitada Unipersonal” y don Antonio Ariza Mesa, a fin de que en el plazo de diez días procedan a designar nuevo letrado o graduado social, entendiendo mientras tanto que el mencionado letrado mantiene su representación y defensa hasta que sea designado otro representante o finalice el término concedido al efecto, por lo que se entenderá que renuncia a contar con asistencia letrada.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante el letrado de la Administración de Justicia, que se debe presentar en este órgano judicial en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación, debiendo expresar la infracción en que haya incurrido la resolución (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Sin estos requisitos no se admitirá el recurso. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo dispongo y firmo.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

Lo que se hace público por medio de BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

En Lleida, a 27 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/4.922/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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