Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
29-02-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160229-216

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OURENSE NÚMERO 2

216
Ourense número 2. Ejecución 267 de 2015

EDICTO

Don José Jaime Dopereiro Rodríguez, letrado Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Ourense.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales número 267 de 2015, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Marta Bartra Zaragoza, contra la empresa “Grupo Barroso Direct, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Parte dispositiva:

Dispongo.—Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante doña Marta Bartra Zaragoza, frente a “Grupo Barroso Direct, Sociedad Anónima”, parte ejecutada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la/s infracción/es cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de justicia don José Jaime Dopereiro Rodríguez.—En Ourense, a 11 de febrero de 2016.

Habiendo resultado negativas las gestiones realizadas para conocer el domicilio o residencia actual de “Grupo Barroso Direct, Sociedad Anónima”, de conformidad con lo establecido en los artículos 59 de la Ley de Jurisdicción Social y 156.4 y 164, ambos Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo:

Citar a “Grupo Barroso Direct, Sociedad Anónima”, en paradero desconocido, a fin de que el próximo día 15 de marzo y hora de las once, comparezca en la planta baja, Sala 2, del edificio de los Juzgados, calle Velázquez, sin número, de Ourense, para asistir a la comparecencia señalada, debiendo comparecer con los medios de prueba de que intente valerse, por medio de edictos, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial hasta el día señalado para el juicio, y la publicación de un extracto suficiente de la Resolución en el Boletín Oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento (artículo 59 Ley de Jurisdicción Social).

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir ir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Barroso Direct, Sociedad Anónima”, ignorado paradero, expido la presente para su inserción BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ourense, a 11 de febrero de 2016.—El letrado Administración de Justicia (firmado).

(03/6.256/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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