Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
29-02-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160229-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

66
Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación de competencias

El señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado sendas resolución el día 15 de febrero de 2016, del siguiente tenor literal:

Con fecha 26 de junio de 2015, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización , Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resolví designar a don José María Nadal Cervera concejal-delegado en las Áreas de Desarrollo I (que comprende los asuntos relacionados con la Seguridad Ciudadana, Protección Civil, Ordenación del Territorio, Transporte y Comunicaciones y Coordinación de Áreas) y Asuntos Sociales I (que comprende los asuntos en materias de Inmigración e Integración, Familia y Bienestar Social), y delegar con carácter genérico en él el ejercicio de las competencias que, siéndome atribuidas por disposición de la vigente legislación y de carácter delegable, se enumeraban en la resolución de dicha fecha.

La gestión diaria de la administración municipal me llevan a considerar la ampliación de delegación, y así, y por la presente, resuelvo:

Primero.—Delegar en don José María Nadal Cervera concejal-delegado en las Áreas de Desarrollo I (que comprende los asuntos relacionados con la Seguridad Ciudadana, Protección Civil, Ordenación del Territorio, Transporte y Comunicaciones y Coordinación de áreas) y Asuntos Sociales I (que comprende los asuntos en materias de Inmigración e Integración, Familia y Bienestar Social) el ejercicio de las competencias que, siéndome atribuidas por disposición de la vigente legislación y de carácter delegable, se relacionan a continuación:

En el área de ordenación del territorio y vivienda:

— La resolución de expedientes de actuaciones comunicadas de obras.

— La resolución de los expedientes de concesión de actividades inocuas excepto las recogidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, ya proceda su tramitación por declaración responsable o por licencia.

— La resolución de los expedientes de comunicación previa de actividades.

— La resolución de los expedientes de declaración responsable de obras menores necesarias para la implantación de actividades incluidas en el ámbito de la ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas y sus obras, así como de acondicionamiento de local o establecimientos (apartado 3 del anexo II de la ordenanza reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas y sus obra), excepto las recogidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid.

— La resolución de expedientes de concesión de licencias de construcción de piscinas y de expedientes tendentes a la apertura de piscinas comunitarias.

— La resolución de expedientes de concesión de licencias de apertura de garajes comunitarios.

— La resolución de expedientes de solicitud de licencias urbanísticas de obras e instalaciones menores y de primera ocupación de edificios y de autorización de ocupación de espacios públicos para colocación de contenedores y sacos de escombros destinados al depósito de materiales de obras, casetas de obra y similares, vallas, andamios, y otras instalaciones de protección de la vía pública, y para acopio de materiales de obra.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a los interesados, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.

Tercero.—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.

Cúmplase.

Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a los dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Villanueva del Pardillo, a 17 de febrero de 2016.—El alcalde-presidente, Luis Alberto Sosa Gayé.

(03/6.345/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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