Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
29-02-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160229-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

82
Madrid número 80. Procedimiento 559 de 2015

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 559 de 2015, entre doña Amelia León Monescillo, frente a don Francisco Javier Chávez Fernández, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 616 de 2015

En Madrid, a 11 de diciembre de 2015.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid y su partido, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 559 de 2015, sobre juicio verbal de relaciones paterno-filiales, promovido por doña Amelia León Monescillo, representada por la procuradora doña Silvia Ayuso Gallego y asistida de la letrada doña María José Cabero Freire, con número de colegiada 42.637, contra don Francisco Javier Chávez Fernández, declarado en situación procesal de rebeldía, en base al siguiente

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Ayuso Gallego, en nombre y representación de doña Amelia León Monescillo, contra don Francisco Javier Chávez Fernández, debo declarar y declaro haber lugar a regular las relaciones de ambas partes con su hija menor de edad, Amelia Chávez León, mediante la adopción de las medidas que constan en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución que en aras de la brevedad se tiene aquí por reproducido.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Firme la presente, líbrese el correspondiente oficio a la Dirección General de Extranjería y Documentación, a fin de que conste la prohibición de salida de la menor del territorio nacional, sin autorización expresa de su madre.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el término de veinte días hábiles, previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Francisco Javier Chávez Fernández expido y firmo la presente en Madrid, a 15 de enero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/4.962/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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