Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
29-02-2016

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160229-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Perales de Tajuña. Régimen económico. Calendario fiscal 2016

De acuerdo con lo aprobado por este Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada con fecha 23 de diciembre de 2015, se remite para su publicación el calendario fiscal para el ejercicio 2016, el cual ha sido aprobado por unanimidad de los miembros asistentes a la sesión, de acuerdo con el siguiente detalle:

Calendario fiscal del ejercicio 2016

Del 29 de febrero al 29 de abril de 2016:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Tasa de recogida de basuras domiciliaria o residuos sólidos urbanos.

— Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y por reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, y carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

Del 30 de mayo al 29 de julio de 2016:

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (primer 50 por 100).

Del 3 de octubre al 2 de diciembre de 2016:

— Impuesto sobre actividades económicas.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (segundo 50 por 100).

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.

Las domiciliaciones de los distintos tributos se cargarán en las cuentas de los contribuyentes durante la última quincena del período voluntario.

Los distintos padrones estarán expuestos al público durante los quince días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento:

— Sistema de Fraccionamiento Unificado de Tributos: para aquellos contribuyentes que opten de manera voluntaria por acogerse al sistema de fraccionamiento unificado de tributos reguladora por ordenanza municipal, el total de sus tributos serán fraccionados en 6 cuotas de igual cantidad durante los meses de mayo a octubre de 2016.

Perales de Tajuña, a 19 de enero de 2016.—La alcaldesa-presidenta, Yolanda Cuenca Redondo.

(02/2.107/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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