Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160302-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

143
Madrid número 38. Ejecución 143 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 143 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abel Rico Martínez, don Alberto Busto Membrilla, don Alfonso Yáñez García, don Miguel Antonio Rosado Mateo y don Ricardo Adrián Peralta Melgar, frente a “Algago Ibérica, Sociedad Anónima”, “Alsuybe, Sociedad Limitada”, “Aluespe, Sociedad Limitada” y “Carpalum, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 646,39 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses, librándose al efecto los oportunos mandamientos, en concepto del total de los intereses adeudados, a favor de:

Don Miguel Antonio Rosado Mateo: 205,38 euros.

Don Alberto Busto Membrilla: 205,26 euros.

Don Alfonso Yáñez García: 77,81 euros.

Don Abel Rico Martínez: 97,78 euros.

Don Ricardo Adrián Peralta Melgar: 60,16 euros.

Devuélvase a la ejecutada “Algago Ibérica, Sociedad Anónima”, la cantidad 6.552,61 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago.

Notifíquese la presente resolución a las partes y verificado el cobro de cantidades procédase al archivo de la presente ejecución.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander” IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2708-0000-64-0143-12.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Carpalum, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 26 de enero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.285/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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