Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
03-03-2016

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160303-38

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

URBANISMO

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Móstoles. Urbanismo. Plan Especial fincas

La Corporación Pleno adoptó, en la sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2015, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar definitivamente el documento del Plan Especial de mejora urbana de las fincas sitas en la antigua carretera de Extremadura N-V (avenida de Portugal, sin número) en Móstoles, Madrid. En los términos dispuestos por la presente propuesta de resolución.

Segundo.—Publicar esta aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos previstos en el artículo 66 de la LSCM y notificar el acuerdo a los interesados.

DETERMINACIONES URBANÍSTICAS DE LA PARCELA DERIVADAS DEL PLAN ESPECIAL

El ámbito del documento se corresponde con las siguientes parcelas:

— Referencia catastral número: 002501400VK26C0001AO, se corresponde con la finca 20538 inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Móstoles. Tiene una superficie de suelo según catastro de, 11.351 m2s.

— Referencia catastral número: 002501300VK26C0001WO, se corresponde con la finca 20540 inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Móstoles. Tiene una superficie de suelo según catastro de 11.253 m2s.

— Referencia catastral número: 002500100VK26C0001DO, se corresponde con la finca 11547 inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Móstoles. Tiene una superficie de suelo según catastro de 8.436 m2s.

— Referencia catastral número: 002400100VK26C0001IO, se corresponde con la finca 2168 inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Móstoles. Tiene una superficie de suelo según reciente medición de 7.801,47 m2s.

En total, 38.441,47 m2s.

Objeto. El objetivo del Plan Especial es la instrumentación de las cesiones de viario y obligaciones de urbanización complementaria para consolidar la calificación de solar de las diferentes parcelas y la incardinación o coordinación del tejido urbano del ámbito con el del Plan Parcial que le rodea.

El objetivo anterior pone de manifiesto la necesidad de coordinar la redacción del Plan Especial con la del Plan Parcial. Por lo que será necesario garantizar la repercusión de los gastos de urbanización correspondientes al ámbito de suelo urbano.

Resumen de determinaciones urbanísticas del Plan Especial Ordenanza ZU-AE-4

Parcelas iniciales:

— Parcela 1: 11.351 m2s.

— Parcela 2: 11.253 m2s.

— Parcela 3: 8.436 m2s

— Parcela 4: 7.801,47 m2s.

Superficie total: 38.441,47 m2s.

Edificabilidad: 0,6 m2/m2 sobre la parcela inicial.

La cesión de viario correspondiente a cada parcela es la siguiente:

— Parcela 1: 3.373,94 m2s.

— Parcela 2: 2.107,75 m2s.

— Parcela 3: 2.446,14 m2s.

— Parcela 4: 131,62 m2s.

Parcelas netas resultantes:

— Parcela 1: 7.977,06 m2s.

— Parcela 2: 9.145,35 m2s.

— Parcela 3: 5.989,86 m2s.

— Parcela 4: 7.669,85 m2s.

El documento contempla un coste total de urbanización de 76.781,26 euros, que ha de estimarse como inicial u orientativo de acuerdo con el informe de la Sección de Infraestructuras Urbanas que obra en el expediente, y que se reparten entre las cuatro parcelas de acuerdo con el siguiente porcentaje:

— Parcela 1: 0,42 por 100.

— Parcela 2: 0,26 por 100.

— Parcela 3: 0,30 por 100.

— Parcela 4: 0,02 por 100.

Consta en el expediente copia de aval del “Banco Santander” por el importe de 75.890,60 euros asumido por “Soimgo, Sociedad Anónima”, el 22 de abril de 2015. Asimismo consta en el expediente copia de carta de pago al Ayuntamiento de Móstoles suscrita por “Cersan, Sociedad Limitada”, el 5 de mayo de 2015, por el importe de 890,66 euros. Por lo que asumen los promotores el coste de 76.781,26 euros de ejecución material y su equivalente por contrata más IVA, que ha de estimarse como inicial u orientativo, en concepto de urbanización asignada dentro del futuro proyecto de urbanización del SUS-P5.

El Plan Especial, objeto de este expediente, no modifica determinaciones de la ordenación estructurante, sino que adecua la ordenación pormenorizada del planeamiento general de acuerdo con lo establecido por el artículo 35.3.d) y e) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

5. ORDENACIÓN URBANÍSTICA PROPUESTA

Las parcelas objeto del presente Plan Especial están formadas por:



Según el Plan Especial de la antigua carretera nacional definida como zona de ordenanza ZU-AE-4, existe la obligación de realizar una cesión obligatoria de zonas verdes y de viales.

Las superficies resultantes de cesiones obligatorias de las parcelas objeto del presente Plan Especial son:



Como parámetros urbanísticos de edificabilidad será el resultado de aplicar a la superficie de la parcela inicial un coeficiente de 0,6 m2/m2.

Normativa aplicable a las parcelas

Edificabilidad



Ocupación



Los parámetros finales del presente Plan se definen a partir de las parcelas iniciales, dando como resultados los siguientes valores:



Los parámetros reguladores de la edificación actuales de la zona ZU-AE-4 son los siguientes:

Alineaciones: serán las fijadas en el Plan Especial, recogiendo las indicaciones de las fichas de ordenación incluidas en el tomo de Gestión.

Deberán respetar las Leyes de Carreteras y sus Reglamentos en parcelas con frente a redes viarias supramunicipales.

Altura máxima: la altura máxima será de 12 m, exceptuando los elementos del sistema productivo que para su correcto funcionamiento requirieran mayor altura.

Edificabilidad: la superficie edificable será el resultado de aplicar a la superficie de la parcela inicial un coeficiente de 0,6 m2/m2 (si la edificabilidad existente, amparada por licencia, fuera mayor, se respetará aunque el coeficiente resultante fuera mayor).

Frente mínimo: 10 m.

Ocupación máxima: 70 por 100.

Parcela mínima: 800 m2.

Retranqueos: los retranqueos mínimos serán de 5 metros a vía pública y 3 metros al resto de linderos. En las construcciones existentes, se respetarán los retranqueos existentes durante todo el período de vida de la edificación siempre que no afecten a vías públicas.

Construcciones existentes en zona de cesiones: actualmente existen una serie de construcciones en el interior de las parcelas de este Plan Especial.

Este Plan Especial determina que la edificabilidad será el resultado de aplicar a la superficie de la parcela inicial un coeficiente de 0,6 m2/m2.

Usos:

Uso genérico = productivo.

Usos pormenorizados = los definidos en la ordenanza ZU-AE-4.

6. OBLIGACIONES DE URBANIZACIÓN

En el presente cuadro se definen las obligaciones de urbanización.

Tabla de coeficientes de urbanización de cada parcela:







Móstoles, a 1 de febrero de 2016.—El concejal-delegado de Urbanismo y Vivienda, Eduardo Gutiérrez Cruz.

(02/6.509/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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