Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
03-03-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160303-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

70
Madrid número 2. Procedimiento 1.051 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Manuel Alcón Vallejo, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de refuerzo de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.051 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Youssef Bakkal Regraf El Abouri, frente a “Kaia Hostelería, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

En Madrid, a 18 de enero de 2016.—Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2, don Francisco José del Pozo Sánchez, los presentes autos número 1.051 de 2015, seguidos a instancias de don Youssef Bakkal Regraf El Abouri, contra “Kaia Hostelería, Sociedad Limitada”, sobre despido.

En nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia número 15 de 2016.

Fallo

Estimar la demanda sobre revocación de la sanción promovida por don Youssef Bakkal Regraf El Abouri, frente a “Kaia Hostelería, Sociedad Limitada”. Y en consecuencia, se condena a la demandada a optar en el plazo de cinco días entre la readmisión del trabajador con el abono de los salarios de tramitación a razón de 39,56 euros diarios, o bien la extinción de la relación laboral con el abono de la indemnización de 2.284,59 euros, así como, en este caso, el abono de la suma de 593,40 euros en concepto de la falta de preaviso, todo ello con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial para el supuesto de insolvencia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber de que no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de suplicación en el plazo de cinco días a contar del siguiente a su notificación para ser resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad con lo prevenido en los artículos 188 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Kaia Hostelería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 19 de enero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.449/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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