Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
03-03-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160303-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

165
Madrid número 36. Ejecución 60 de 2008

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 60 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Morales Laina, frente a “Discoplay, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se alza el embargo acordado en la presente ejecución del vehículo furgoneta “Ford Courier”, con matrícula M-6168-WJ, cancelándose las medidas de garantía adoptadas.

A tal efecto, líbrese mandamiento al registrador de bienes muebles de Madrid para que proceda al levantamiento del embargo trabado sobre el vehículo furgoneta “Ford Courier” con matrícula M-6168-WJ acordado en fecha 10 de junio de 2008. Comuníquese a la Jefatura de Tráfico el alzamiento del embargo, dejando sin efecto la orden de precinto y depósito.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, María Angustias Caro Vida.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Discoplay, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.472/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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