Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
04-03-2016

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160304-32

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

32
Fuenlabrada. Régimen económico. Expediente sancionador de consumo

En virtud de las competencias desconcentradas que tiene atribuidas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 19 de junio de 2015, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de Acuerdo de Iniciación de la Concejala de Consumo del Ayuntamiento de Fuenlabrada, relativa al expediente sancionador a continuación referenciado, instruido por el Ayuntamiento de Fuenlabrada a las personas/entidades que a continuación de relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar:

Expediente sancionador de consumo: 0008-15. “Biosalud Natura, Sociedad Limitada”, con CIF/NIF: B-86575479. Resolución con número de Decreto SCC/2015/184, de 20 de noviembre de 2015. Artículos infringidos: Artículo 50.12 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el artículos 71, 97.1.i) y 105 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y otras Leyes complementarias, y artículos 111 y 112, en su redacción vigente hasta 13 de junio de 2014; 7.600 euros.

Se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos en nuestro ordenamiento jurídico, en la Concejalía de Consumo del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Frente a dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la Resolución, en el plazo de un mes desde la publicación de la presente Resolución, conforme a lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de modificación de la anterior, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 66 y 74 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Fuenlabrada, a 10 de diciembre de 2015.—La concejala de Consumo, Teresa Fernández González.

(02/6.078/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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