Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
14-03-2016

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160314-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

73
Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal

Que en la Secretaría de esta Mancomunidad, y conforme dispone el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones, el expediente relativo a la aprobación inicial de la modificación de la “Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos domésticos”, aprobado por la Junta de la Mancomunidad en sesión celebrada el día 9 de diciembre de 2015.

Los interesados legitimados según lo dispuesto en la legislación anteriormente referida podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y reclamaciones: treinta días naturales, contados desde el día siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General de la Mancomunidad.

c) Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad.

En ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública antes citado, el acuerdo de aprobación inicial de la citada ordenanza quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo el 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Buitrago del Lozoya, a 29 de febrero de 2016.—El presidente, Ángel Martínez Herrero.

(03/8.148/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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