Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
17-03-2016

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160317-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

URBANISMO

58
Pinto. Urbanismo. Liquidación y disolución Pradera de Pinto

De conformidad con lo establecido en el artículo 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, se hace público que por la Junta de Gobierno Local celebrada el día 3 de febrero de 2016 se adoptó acuerdo de aprobación inicial de la liquidación y disolución de la Junta de Compensación “Pradera de Pinto”, UA-43, de esta localidad, y someter a información pública este acuerdo.

La publicación hecha en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los desconocidos, a aquellos de los que se ignore su paradero y a los que, intentada la notificación individual, no se hubiera podido practicar.

El período de información pública es de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho período se puede examinar el mencionado expediente en las oficinas municipales sitas en plaza de la Constitución, número 1 (Edificio Servicios Técnicos, Departamento de Planeamiento), de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, pudiendo presentarse en este plazo las alegaciones que consideren oportunas.

Pinto, a 8 de febrero de 2016.—El concejal-delegado de Ecología y Modelo de Ciudad, Raúl Sánchez Arroyo.

(02/6.079/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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