Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
18-03-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160318-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

113
Madrid número 18. Procedimiento ordinario 861 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 861 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta Marilena Goia, frente a doña Concepción Chicharro Gonzalo, doña Nuria Fernández Durango, “Canal Agua Pura y Viva, Sociedad Limitada” y “NJL Bering Factory, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda el embargo preventivo de bienes de la demanda “NJL Bering Factory, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente para cubrir la cantidad principal de 4.396,15 euros.

Proceder a la investigación judicial del patrimonio de la citada demandada. A tal efecto, se consultarán las bases de datos a las que tengan acceso este órgano judicial y se librarán los despachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de los que tengan constancia, tras la realización por estos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará la información precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal, para lograr la efectividad de la obligación pecuniaria que ejecute, de entidades financieras o depositarias o de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relaciones jurídicas con el ejecutado deban tener constancia de los bienes o derechos de este o pudieran resultar deudoras del mismo.

Se acuerda el embargo de los saldos de “NJL Bering Factory, Sociedad Limitada”, que tenga a su favor e las entidades bancarias, en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas. Practíquese telemáticamente a través del Punto Neutral Judicial.

Se acuerda el embargo sobre el crédito de que contra las empresas “SKD Alfonso Solutions, Sociedad Limitada”, doña María Pilar Zornoza Cruz y don Joseph Luis Andrade Viteri ostenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con la ejecutada, en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrese el correspondiente oficio a la referida empresa al objeto de requerirle, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días proceda a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la cuenta de consignaciones y depósitos en este Juzgado las cantidades adeudadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, en legal forma.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2516-0000-60-0861-14.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez, doña Ofelia Ruiz Pontones.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Nuria Fernández Durango, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.705/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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