Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160330-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 33

75
Madrid número 33. Procedimiento ordinario 1.892 de 2012

EDICTO

En el juicio de procedimiento ordinario número 1.892 de 2012, seguido a instancias de don Pablo de la Riva Ferrezuelo, con procurador don Fernando Anaya García, contra “Mapfre, Sociedad Anónima”, y “Aqualudens, Sociedad Limitada”, con procurador don Jesús Iglesias Pérez, se ha dictado la sentencia número 113 de 2015, de fecha 14 de mayo de 2015, y auto de aclaración/rectificación de errores de fecha 29 de mayo de 2015, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Fallo

Estimo la demanda planteada por don Pablo de la Riva Ferrezuelo, frente a “Aqualudens, Sociedad Limitada”, declaro haber lugar a la misma, condenando a la parte demandada a abonar al actor 19.895 euros, más intereses legales y expresa condena en costas, absolviendo a “Mapfre” de los pedimentos frente a ella deducidos, sin hacer expresa condena en costas.

Notifíquese a las partes, con indicación de que podrán interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes, ante este Juzgado, siendo exigible el depósito de la cantidad de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Parte dispositiva:

Se estima la petición formulada por don Pablo de la Riva Ferrezuelo de aclarar la sentencia número 113 de 2015 dictada en el presente procedimiento con fecha 14 de mayo de 2015, en el sentido de que en el fallo donde dice: “más intereses legales”; debe decir: “intereses desde la interposición de la demanda”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Aqualudens, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 8 de octubre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/9.817/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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