Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160408-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

52
Madrid número 1. Procedimiento 794 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 794 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco José Sagone Cáceres, frente a “Desarrollos de Sistemas Tecnológicos Avanzados, Sociedad Limitada”, “Ecónomo Consulting, SLD” y “Lacroix Traffic, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 26 de febrero de 2016.

Por presentados los anteriores escritos de 22 de enero y 26 de enero de 2016, uno por la parte demandante y otro por la codemandada “Lacroix Traffic, Sociedad Anónima Unipersonal”, únase a los autos de su razón.

A la vista de las manifestaciones de la parte actora y no habiendo presentado la parte codemandada “Desarrollos de Sistemas Tecnológicos Avanzados, Sociedad Limitada”, a través de la administración concursal “Ecónomo Consulting, SLD”, la documentación requerida en providencia de 15 de diciembre de 2015, y faltando aportar por la codemandada “Lacroix Traffic, Sociedad Anónima Unipersonal”, parte de la documental solicitada en dicha providencia; se concede a las demandadas un plazo de diez días para que presenten la documentación requerida en la providencia de 15 de diciembre de 2015 y no presentada a día de la fecha.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así, lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Desarrollos de Sistemas Tecnológicos Avanzados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.288/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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