Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160411-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE COSLADA NÚMERO 5

81
Coslada número 5. Procedimiento 466 de 2007

EDICTO

En el procedimiento de modificación de medidas número 466 de 2007, seguido a instancias de doña Daniela Mircea, frente a don Nicusor Vasile, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 70 de 2016

En Coslada, a 1 de marzo de 2016.—Vistos por mí, don Luis Miguel Arroyo Rodríguez, magistrado-juez de primera instancia de esta capital, los presentes autos de modificación de medidas, seguidos ante este Juzgado con el número indicado, a instancias de doña Daniela Rinciog, representada por el procurador de los tribunales don José Sola Pellón, y bajo la dirección letrada de don José María Lledo Collada, frente a don Nicusor Vasile, en situación procesal de rebeldía, y con la intervención del ministerio fiscal.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por don Daniela Rinciog, representada por el procurador de los tribunales don José Sola Pellón, frente a don Nicusor Vasile, en situación procesal de rebeldía, debo acordar y acuerdo la modificación de la sentencia de fecha 2 de julio de 2009, y en consecuencia, debo acordar y acuerdo que el demandado sea privado de la patria potestad respecto de su hija menor Alejandra Magdalena Vasile, correspondiendo el ejercicio de dicha potestad de forma exclusiva a la demandante, doña Daniela Rinciog.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución, de cuya resolución conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y encontrándose dicho demandado, don Nicusor Vasile, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Coslada, a 3 de marzo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.418/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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