Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160411-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 12

167
Barcelona número 12. Procedimiento 750 de 2015

EDICTO

Según lo acordado en los autos número 750 de 2015 seguidos en este Juzgado, a instancias de don Miquel Pérez Recolons, contra “Qualibérica Seguridad, Sociedad Limitada”, “Qualibérica, Sociedad Limitada”, “Qualiconsult”, “Qualigroup, Sociedad por Acciones Simplificadas”, don José Manuel Saurat Marín, doña Beatriz Carbonell Rebolleda, don Alain Audouy y Fondo de Garantía Salarial, en relación a despido, por el presente se notifica a don Alain Audouy, en ignorado paradero, la resolución dictada en los presentes autos en fecha 22 de enero de 2016, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice:

Fallo

Declaro la incompetencia del orden social para conocer de la presente demanda, debiendo acudir las partes, en su caso, al orden mercantil.

Notifíquese este auto a las partes, haciéndoles saber que pueden interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, recurso que han de anunciar, ante este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, por medio de comparecencia o por escrito. Es necesario, si el recurrente no ejerce la condición de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado el importe íntegro de la condena en la cuenta abierta por este Juzgado en el “Banco Santander”, cuenta número 5212/0000/60, seguida por el número de pro cedimiento (cuatro cifras) y del año (dos cifras), o que presente aval solidario de entidad financiera por el mismo importe de la condena, sin este requisito no se tendrá por anunciado el recurso. Además, para su formalización tendrá que presentar resguardo acreditativo del ingreso del depósito especial de 300 euros en el “Banco Santander”, cuenta número 5212/0000/34, seguida por el número de procedimiento (cuatro cifras) y del año (dos cifras), sin este requisito se le tendrá por desistido del recurso anunciado y quedará firme la sentencia.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma a doña Amaya Olivas Díaz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 de Barcelona.

Y para que sirva de notificación en forma al precitado, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole de que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados, expido el presente edicto para que sea insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, en Barcelona, a 3 de marzo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia, Enric Labordeta de la Cal.

(03/10.444/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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