Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
16-04-2016

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160416-50

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

50
Móstoles número 2. Procedimiento 95 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 95 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Granados Guillén y don Ramón Miranda Blázquez, frente a don Joaquín Alarcón García, “Ana, Ruth y Paloma, Sociedad Limitada”, “BP Oil España, Sociedad Anónima”, y “Carbullecas, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia de fecha 15 de marzo de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimo la demanda formulada frente a don Manuel Granados Guillén y don Ramón Miranda Blázquez, y declaro la improcedencia de los despidos de los actores de fecha 12 de diciembre de 2013, condenando a la demandada “Carbullecas, Sociedad Limitada”, a que, a su elección, que deberá manifestar ante este Juzgado en el plazo máximo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, readmita de forma inmediata a los demandantes, con abono de los salarios de tramitación en la cuantía diaria que seguidamente se indicará para cada demandante, o les indemnice en la cantidad que también se concreta a continuación, supuesto que determinará la extinción del contrato de trabajo en fecha 12 de diciembre de 2013, y entendiéndose finalmente que en caso de no efectuar la opción en el indicado plazo, procederá la readmisión.

Y estimando parcialmente la demanda de cantidad, condeno de forma solidaria a “Ana, Ruth y Paloma, Sociedad Limitada”, y “Carbullecas, Sociedad Limitada”, a que abonen a cada demandante las cantidades que seguidamente se indican, con más el 10 por 100 de interés por mora que se concreta.

Absuelvo de la demanda a “BP Oil España, Sociedad Anónima”.

A don Manuel Granados Guillén: 12.651,26 euros de indemnización, 46,64 euros de salario/día, 6.159,44 euros de cantidad y 1.385,87 euros de mora.

A don Ramón Miranda Blázquez: 11.389,44 euros de indemnización, 46,49 euros de salario/día, 6.258,97 euros de cantidad y 1.408,27 euros de mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 2851/0000/61/0095/14, abierta en la oficina del “Banco Santander” número 1564, sita en la avenida de la Constitución, número 52, de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del “Banco Santander” de este Juzgado con el número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos número 2851/0000/61/ 0095/14.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Joaquín Alarcón García y “Ana, Ruth y Paloma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 15 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.395/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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