Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
16-04-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160416-51

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GIRONA NÚMERO 2

51
Girona número 2. Ejecutoria 233 de 2015-B

EDICTO

Mediante este edicto dictado de acuerdo con lo ordenado en el proceso de ejecución número 233 de 2015-B instruido por este Servicio Común Procesal de Ejecución, a instancias de doña Alicia Morote Osuna y doña Gemma Rojo Puebla, contra “Cosmos de Servicios Administrativos, Sociedad Limitada”, y “Cosmo Recursos Humanos Industriales, Sociedad Limitada”, se notifica a “Cosmos de Servicios Administrativos, Sociedad Limitada”, y “Cosmo Recursos Humanos Industriales, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), la resolución dictada en este proceso, cuya parte dispositiva dice literalmente:

Parte dispositiva:

Se declara a la parte ejecutada “Cosmos de Servicios Administrativos, Sociedad Limitada”, y “Cosmo Recursos Humanos Industriales, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia legal por un importe de 36.990,47 euros.

Esta insolvencia debe entenderse provisional a todos los efectos.

Una vez esta resolución sea firme, expídase un oficio, si procede, al registrador mercantil de Girona a los efectos establecidos en el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Expídanse las certificaciones correspondientes.

Asimismo, archívese el expediente después de dejar nota en el libro correspondiente, sin perjuicio de continuar la ejecución si, en adelante, se conocen nuevos bienes de la parte ejecutada.

Esta resolución no es firme.

Para impugnar esta resolución hay que presentar un recurso de revisión, sin efecto suspensivo, ante el tribunal que tenga que dictar el orden general de ejecución (artículo 188.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social) en el plazo de tres días hábiles en contar desde el siguiente al de la notificación.

Al escrito de recurso se tiene que adjuntar el justificante de un depósito de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Servicio con el número 1671/0000/64/0233/15 en el “Banco Santander”.

Si se realizan dos ingresos simultáneos, es obligatorio efectuar dos operaciones diferentes de imposición.

Están exentos de la obligación de constituir este depósito el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y sus organismos autónomos dependientes, así como quienes tengan condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social y quienes tengan reconocido el beneficio de justicia gratuita.

Los ingresos por transferencia se deben hacer en la cuenta bancaria número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274 del “Banco Santander”, y en el campo “Observaciones” es preciso consignar el número de la “Cuenta de consignaciones” anteriormente mencionada.

Se hace público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las comunicaciones siguientes se harán en los estrados, excepto los autos, sentencias o emplazamientos.

En Girona, a 8 de marzo de 2016.—El secretario judicial (firmado).

(03/11.569/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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