Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160419-35

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. Concesión subvenciones dinamización comercio

Resolución de 25 de enero de 2016, de la secretaria general técnica del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas y justificadas de acuerdo con la convocatoria de subvenciones para la dinamización del comercio de proximidad y el fomento del asociacionismo y la formación en el sector comercial correspondiente al año 2015.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 30 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, se procede a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de las subvenciones concedidas y justificadas de acuerdo con la convocatoria de subvenciones para la dinamización del comercio de proximidad y el fomento del asociacionismo y la formación en el sector comercial aprobada por Decreto de 4 de mayo de 2015, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.

Las ayudas corresponden al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 001/025/433.01/489.01, “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro”, aunque debido a la reorganización administrativa del Ayuntamiento de Madrid dicha aplicación presupuestaria fue sustituida por la aplicación presupuestaria 001/085/433.01/489.01 mediante decreto de 7 de septiembre de 2015, del delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, por el que se determinan los responsables de diversos programas del Presupuesto General 2015 del Ayuntamiento de Madrid. Estas ayudas son las que se determinan en el anexo que se acompaña.



Las subvenciones quedarán sometidas al cumplimiento de las obligaciones del beneficiario establecidas en la convocatoria de subvenciones para la dinamización del comercio de proximidad y el fomento del asociacionismo y la formación en el sector comercial aprobada por decreto de 4 de mayo de 2015, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, y en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada definitivamente por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013.

Madrid, a 25 de enero de 2016.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, María Amparo Vallcanera Zeferino-Rodríguez.

(03/12.654/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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