Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2016

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160421-27

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

27
Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Delegación de competencias

Siendo preceptiva su publicación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se da publicidad al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 1 de abril de 2016, en relación a las competencias delegadas en la concejala doña Teresa Fernández González, según se transcribe:

«2.0. Modificación de acuerdo de delegación de competencias:

Vista la propuesta presentada por el alcalde-presidente, que transcrita literalmente dice:

“Resultando que con fecha 4 de diciembre de 2015 se adoptó por Junta de Gobierno Local el siguiente acuerdo:

‘Delegar en doña Teresa Fernández González, como concejala-delegada de Sostenibilidad, Obras Públicas, Mantenimiento Urbano, Mantenimiento de Edificios Públicos, Sanidad, Consumo, Comercio y Cooperación al Desarrollo, y conforme a lo señalado en la ordenanza reguladora de venta ambulante o no sedentaria en el municipio de Fuenlabrada, la potestad sancionadora respecto a:

— La venta ambulante que se ejerza con o sin autorización en mercadillos periódicos u ocasionales.

— La venta que se realice en vía pública en puestos de helados’.

Que, a fecha actual, y motivado por necesidades en la gestión diaria que afectan a diversos servicios municipales, resulta necesario modificar el citado acuerdo de delegación.

Es por todo ello que se propone a la Junta de Gobierno Local:

Primero.—Modificar el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 4 de diciembre de 2015, en el siguiente sentido:

— Donde dice:

‘Delegar en doña Teresa Fernández González, como concejala-delegada de Sostenibilidad, Obras Públicas, Mantenimiento Urbano, Mantenimiento de Edificios Públicos, Sanidad, Consumo, Comercio y Cooperación al Desarrollo, y conforme a lo señalado en la ordenanza reguladora de venta ambulante o no sedentaria en el municipio de Fuenlabrada, la potestad sancionadora respecto a:

La venta ambulante que se ejerza con o sin autorización en mercadillos periódicos u ocasionales’.

— Debe decir:

‘Delegar en doña Teresa Fernández González, como concejala-delegada de Sostenibilidad, Obras Públicas, Mantenimiento Urbano, Mantenimiento de Edificios Públicos, Sanidad, Consumo, Comercio y Cooperación al Desarrollo, y conforme a lo señalado en la ordenanza reguladora de venta ambulante o no sedentaria en el municipio de Fuenlabrada, la potestad sancionadora respecto a:

La venta ambulante que se ejerza con autorización en mercadillos periódicos u ocasionales’.

Segundo.—Comunicar el presente acuerdo a los interesados.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los concejales asistentes, aprobar la propuesta en todos sus términos».

Fuenlabrada, a 7 de abril de 2016.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(03/13.104/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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