Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160421-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

81
Madrid número 12. Procedimiento 527 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 527 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Félix Álvarez Bravo, frente a “The Burguer Club, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado auto de aclaración de sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en sentencia de fecha 24 de febrero de 2016, consistente en el fallo, cuyo primer párrafo debe quedar en los siguientes términos:

«Que estimando la demanda interpuesta por don Félix Álvarez Bravo, frente a “The Burguer Club, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la demandada, en el plazo de cinco días a partir de de la notificación de la sentencia, a que le abone la cantidad de 1.845,90 euros, declarando extinguida la relación laboral mantenida entre el actor y la empresa demandada, con la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial derivada de los artículos 33 y 26 del Estatuto de los Trabajadores.»

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “The Burguer Club, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.833/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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