Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
23-04-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160423-16

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

16
Madrid número 12. Ejecución 145 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en la ejecución número 145 de 2014-CH de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdesalam Jniah Ben Mezoire Jniah, don Ahmed Jeniah Ben Mezuari, don Andrés Dueñas García y don Rachid Oulad Ladda, frente a “Editec Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, y “Técnicas Aisplatec, Sociedad Limitada”, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda dejar en suspenso la ejecución despachada respecto a la ejecutada “Editec Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, por encontrarse la misma en situación de concurso de acreedores.

Respecto a la ejecutada “Técnicas Aisplatec, Sociedad Limitada”, y habiendo sido declarada en situación de insolvencia por el Juzgado de lo social número 17 de Madrid, y manteniéndose embargadas sus cuentas bancarias y las devoluciones tributarias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 276 de la Ley de la Jurisdicción Social, dese audiencia a la parte ejecutante para que en el término de quince días insten la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designen bienes de las deudoras que le consten.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, Montserrat Torrente Muñoz.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Editec Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, y “Técnicas Aisplatec, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 28 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/12.150/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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