Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
23-04-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160423-10

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

10
Madrid número 6. Ejecución 224 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Manuel Alcón Vallejo, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 224 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Karem Helena Márquez Márquez, frente a “Estudio Jurídico Internacional Ca-Ba, Sociedad Limitada”, y “Sthetical Benefit, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Declaro la extinción de la relación laboral que unía a doña Karem Helena Márquez Márquez con las entidades “Estudio Jurídico Internacional Ca-Ba, Sociedad Limitada”, y “Sthetical Benefit, Sociedad Limitada”, a fecha de esta resolución, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.

Condeno a las mercantiles “Estudio Jurídico Internacional Ca-Ba, Sociedad Limitada”, y “Sthetical Benefit, Sociedad Limitada”, a abonar a doña Karem Helena Márquez Márquez, en concepto de indemnización, la cantidad de 812,60 euros, así como la cantidad de 332,22 euros, en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sthetical Benefit, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de marzo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/12.201/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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