Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
25-04-2016

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160425-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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RESOLUCIÓN 27/2016, de 31 de marzo, del Director General de Juventud y Deporte, por la que se dispone la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Patinaje.

En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 21.3.b) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 2.1 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, mediante Orden 965/2016, de 30 de marzo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, se aprobó la modificación de los artículos 3, 64 y 98 de los Estatutos de la Federación Madrileña de Patinaje, se dispuso su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y se ordenó la publicación de la modificación de los Estatutos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En su virtud,

RESUELVO

Disponer la publicación de la modificación de los artículos 3, 64 y 98 de los Estatutos de la Federación Madrileña de Patinaje en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contenida en el anexo a la presente Resolución.

Madrid, a 31 de marzo de 2016.—El Director General de Juventud y Deporte, Pablo Salazar Gordon.

ANEXO

MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE PATINAJE

Artículo 3

Las disciplinas deportivas cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Patinaje, son las siguientes:

— Hockey sobre Patines.

— Patinaje Velocidad.

— Patinaje Artístico y Danza.

— Hockey sobre Patines en Línea.

— Freestyle.

— Roller Derby.

— Skateboarding.

— Alpino en línea.

— Descenso en línea.

Artículo 64

Tanto el cargo de Secretario general, como el de Gerente podrán ser remunerados, si así lo acuerda la Asamblea General.

Artículo 98

La contabilidad se ajustará a las normas de contabilidad del Plan General o adaptación sectorial que resulte de aplicación y a los principios contables necesarios que ofrezcan una imagen clara y fiel de la entidad. El año económico dará comienzo el 1 de enero y finalizará el 31 de diciembre siguiente.

(03/12.097/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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