Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
25-04-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160425-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 2

150
Jaén número 2. Procedimiento 437 de 2015

EDICTO

Don José Ramón Rubia Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Jaén.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 33 de 2016, a instancias de la parte actora don Raúl Rodríguez Cruz, contra “I Vamos Empresa de Servicios Especializados” y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Auto

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: procédase, a despachar ejecución a instancias de don Raúl Rodríguez Cruz, contra “I Vamos Empresa de Servicios Especializados”, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 2.116,71 euros de principal (incluido el 10 por 100 de intereses de mora), más 423,34 euros en presupuestados para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber de que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto, lo acuerdo mando y firma la ilustrísima señora doña Rocío Sánchez Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo Social número 2 de Jaén. Doy fe.

Decreto

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

1. Se decreta, vía telemática, el embargo de cuentas bancarias y devoluciones de la AEAT propiedad de la ejecutada empresa “I Vamos Empresa de Servicios Especializados”, hasta cubrir la cantidad de 2.116,71 euros de principal (incluido el 10 por 100 de intereses de mora), más 423,34 euros en presupuestados para intereses y costas.

2. Recábese información patrimonial de la ejecutada a través del punto neutro judicial.

3. En el supuesto de ingreso de las cantidades reclamadas, se deberá llevar a cabo en la entidad bancaria “Banco Santander”, número de cuenta 2046-0000-64-0033-16.

4. Poner en conocimiento del Registro Público Concursal la incoación del presente procedimiento junto con copia del auto despachando ejecución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).—El letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado “I Vamos Empresa de Servicios Especializados”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto; sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 10 de marzo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/12.274/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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