Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
29-04-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160429-68

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

OFERTAS DE EMPLEO

68
Coslada. Ofertas de empleo. Bases específicas inspector de urbanismo

Por decreto de 14 de abril de 2016, de la Concejalía de Economía, Hacienda, Personal, Juventud e Infancia, se ha resuelto:

Primero.—Ordenar la publicación de las bases específicas que regirán el proceso selectivo para cubrir, con carácter temporal, un puesto de trabajo de Inspector de Urbanismo, en régimen de funcionario interino para el Ayuntamiento de Coslada, aprobadas por la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de abril de 2016.

Segundo.—Convocar las pruebas selectivas para la cobertura del puesto referido:

Inspector de Urbanismo:

Sistema: temporal. Personal: funcionario interino.

Grupo de titulación: A. Subgrupo: A2. Escala de Administración Especial. Subescala Técnica.

Procedimiento selectivo: pruebas selectivas.

Plazo y presentación de instancias: de veinte días naturales a partir de la publicación de este decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro General, avenida de la Constitución, número 47, 28821 Coslada, en horario de apertura establecido.

Tercero.—Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que celebre.

ANEXO

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR, CON CARÁCTER TEMPORAL, UN PUESTO DE TRABAJO DE INSPECTOR DE URBANISMO EN RÉGIMEN DE FUNCIONARIO INTERINO PARA EL AYUNTAMIENTO DE COSLADA

Sistema: temporal.

Denominación del puesto de trabajo: inspector de Urbanismo.

Grupo de titulación: A. Subgrupo: A2. Escala de Administración Especial. Subescala Técnica.

Procedimiento selectivo: pruebas selectivas.

1. Requisitos de los/las aspirantes

Los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes:

a) Ser español/a, nacional de cualquier país miembro de la Unión Europea o cumplir los requisitos que establece el artículo 57 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre).

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la legislación vigente (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), el día de la firma del contrato.

f) Estar en posesión del/de los titulo/s de Arquitecto Técnico, Arquitecto o sus equivalentes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

2. Condiciones específicas del puesto

Nombramiento: el/la aspirante seleccionado/a será nombrado/a como funcionario/a interino/a, de acuerdo con el artículo 10.1.a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

Jornada: su jornada laboral será la que establezca el convenio/acuerdo colectivo vigente.

3. Órgano de selección

La Comisión de Selección.

4. Pruebas selectivas

4.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test basadas en el temario del anexo.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.2. Segundo ejercicio: de carácter práctico, consistirá en la realización de un/os supuesto/s práctico/s relacionado/s con el puesto de trabajo a cubrir.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.3. Baremo de méritos:

a) Por servicios prestados en la Administración Pública, relacionados con el puesto y la categoría a ocupar, 0,5 puntos por cada seis meses, hasta un máximo de 3 puntos.

b) Por experiencia laboral en instituciones, empresas u organismo privados, relacionada con el puesto y la categoría a ocupar o en materia de obras, 0,25 puntos por cada seis meses, hasta un máximo de 2 puntos.

c) Por haber ejercido como profesional liberal: se darán 0,25 puntos más por cada trabajo en materia de proyecto o dirección de obras, 0,1 puntos por cada trabajo de informe, dictamen, peritación etcétera. El máximo de este apartado será de 2 puntos.

d) Por cursos de formación, jornadas y/o congresos relacionados con el puesto de trabajo a ocupar, 0,005 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 2 puntos.

e) Por estar en posesión de cursos de posgrado en materias de urbanismo, con duración no inferior a 400 horas, 1,5 puntos por cada uno, hasta un máximo de 3 puntos.

f) Por estar en posesión de título universitario adicional al requerido por las bases del proceso selectivo, 3 puntos.

Por la suma de todos los apartados de la fase de concurso se podrá obtener un máximo de 12 puntos.

4.4. Calificación final: será la suma de la puntuación obtenida en el primer ejercicio, más la obtenida en el segundo ejercicio, más la obtenida en el baremo de méritos, de las pruebas selectivas.

5. Presentación de instancias y documentación

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en las que los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes bases, referidos siempre a la expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se presentarán en el impreso habilitado al efecto por el Ayuntamiento de Coslada, en el Registro General del Ayuntamiento (avenida de la Constitución, número 47), en horario de apertura establecido o por el procedimiento establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y modificación realizada posteriormente por la Ley 4/1999, de 26 de noviembre.

Junto con la instancia se presentará fotocopia del DNI, del título exigido (título de los requisitos).

Además, junto con la instancia, y en todo caso en plazo de presentación de instancias, se deberá aportar “curriculum vitae” y documentación acreditativa para hacer valer en el baremo de méritos, siguiendo las siguientes reglas:

— Se presentarán fotocopias de los documentos en tamaño UNE-A4, ordenadas y numeradas (no será preciso la legalización o compulsa de los documentos, siendo responsable el solicitante del deber de presentar los originales correspondientes en cualquier momento que le fuese solicitado por el Ayuntamiento de Coslada, incurriendo en caso contrario en la responsabilidad administrativa y/o penal a que hubiere lugar).

— Todos los documentos aportados, junto con la instancia, deberán estar en idioma español para su valoración o, en su caso, deberá presentarse traducción oficial de los mismos.

— La experiencia laboral solo podrá acreditarse con el certificado de vida laboral, más los nombramientos o los contratos de trabajo laboral y/o documento equivalente, según la legislación vigente en materia laboral, además de, si es preciso y se quiere hacer valer en el baremo de méritos en el apartado 4.3.b), certificado de funciones.

— Solamente serán valoradas aquellas certificaciones de cursos, seminarios o jornadas de formación en las que conste fecha de realización y número de horas de formación (no se computarán aquellos cursos donde no figure su número horas).

No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase de presentación de instancias, así como tampoco aquellos que sean alegados en el currículum y no estén debidamente justificados de modo indicado en los puntos anteriores.

6. Plazo de presentación de instancias y documentación

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de las bases y su anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

7. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas

Expirado el plazo de presentación de instancias, se publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial la lista provisional de admitidos y excluidos, especificando, en su caso, la causa de exclusión y se concederá un plazo de diez días naturales para la posible subsanación de los defectos.

Cumplido el citado plazo, las listas se insertarán, con las modificaciones a que haya dado lugar, en el citado tablón como definitivas.

En el momento de la publicación de las listas definitivas, la Concejalía de Personal anunciará, asimismo, en el tablón el día, hora y lugar en que tendrá lugar el ejercicio de las pruebas selectivas. A este fin, la Concejalía de Personal convocará a los miembros de la Comisión de Selección para su previa constitución y publicará en el tablón de anuncios su composición con los nombres y apellidos de sus miembros.

Los aspirantes serán convocados para ejercicio en llamamiento único.

Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por la Comisión de Selección, con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamados, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho en el mismo ejercicio, y en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, la publicación de los sucesivos anuncios se hará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.

Una vez concluido el proceso selectivo, la Comisión de Selección publicará en el tablón de anuncios la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida cuyo número no podrá ser superior al de puestos de trabajo convocados y realizará la propuesta de nombramiento del aspirante con mayor puntuación. Esta decisión será con carácter provisional, a la espera de que el aspirante acredite el cumplimiento de todas las condiciones de estas bases, en cuanto a requisitos, méritos alegados y condiciones de compatibilidad médica.

8. Impugnación

Estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, y de la actuación de la Comisión de Selección, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Estructura. Características generales. Título preliminar.

2. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas.

3. La Administración Local. Estructura de la organización municipal. Órganos. Competencias.

4. El acto administrativo. Principios generales del procedimiento administrativo. Fases del procedimiento administrativo.

5. Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Preámbulo. Disposiciones generales.

6. Requisitos para contratar con la Administración. La capacidad y solvencia de las empresas. La clasificación o registro de empresas. Suspensión de las clasificaciones. Registro Oficial de Empresas Clasificadas.

7. Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007): código de conducta de los empleados públicos. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública.

8. Ley de Contratos del Sector Público. Ámbito de aplicación. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas.

9. Régimen jurídico de los bienes de las Administraciones. Los bienes de dominio público. Peculiaridades de su régimen jurídico en el ámbito local. Bienes patrimoniales de las Entidades Locales: adquisición y enajenación. Administración, uso y aprovechamiento. Los bienes comunales.

10. Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal: títulos I, II, III, IV, capítulos I, VII.

11. El presupuesto general de las Entidades Locales: formación y aprobación. Ejecución y liquidación del presupuesto.

12. El contrato de obras: clasificación de las obras. El proyecto de obras, su contenido y responsabilidad. Supervisión de proyectos. Replanteo del proyecto. Procedimientos de adjudicación del contrato de obras: el procedimiento abierto, el procedimiento restringido y el procedimiento negociado.

MATERIAS ESPECÍFICAS

Grupo II

Planeamiento y normativa urbanística

13. El Planeamiento municipal. Los planes generales municipales de ordenación.

14. El plan de sectorización. Función, contenido, formación y formulación.

15. El planeamiento de desarrollo. Los planes parciales de ordenación y de reforma. Planes especiales.

16. Otros instrumentos de desarrollo: los estudios de detalle, los catálogos. Función, tipología, contenido formación y formulación.

17. Los proyectos de urbanización. Contenido sustantivo y documental. Formulación y aprobación.

18. La clasificación del suelo.

19. Determinaciones de la ordenación urbanística: determinaciones estructurantes y determinaciones pormenorizadas. Redes públicas. División y usos del suelo. Edificabilidades y aprovechamientos. Zonas urbanísticas de ordenación pormenorizada.

20. La ejecución del planeamiento urbanístico: distribución equitativa de beneficios y cargas. Áreas de reparto. Reparcelación. Parcelación. Obtención y ejecución de redes públicas. Gestión mediante unidades de ejecución. Sistemas de ejecución. Los sistemas de compensación, cooperación, expropiación y ejecución forzosa.

21. Tipos de licencias urbanísticas.

22. El régimen de valoraciones del suelo en la legislación estatal de suelo.

23. Intervención de la Comunidad de Madrid en el uso del suelo, construcción y edificación: calificaciones urbanísticas. Proyectos de actuación especial.

24. Intervención municipal en actos de uso del suelo, construcción y edificación. Contenido y alcance. Competencia y procedimiento. Eficacia. Tipos de licencias urbanísticas conforme a la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

25. La gestión urbanística en el ámbito local. Las modalidades gestoras del urbanismo. Concepto y Régimen Jurídico. Referencia a la Ley 9/2001 y a sus posteriores modificaciones.

26. El deber de conservación y rehabilitación de los edificios. Normativa reguladora. La declaración de la ruina. Supuestos. La ejecución sustitutoria en la construcción y en la edificación por incumplimiento de la función social de la propiedad.

27. La disciplina urbanística en la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Funciones de la inspección. Visitas y actas.

28. La infracción urbanística. Obras, construcciones y usos no legitimados por licencia u orden de ejecución. Obras, construcciones y usos legitimados por licencia u orden de ejecución ilegales.

Grupo III

Coslada

29. Plan General de Ordenación Urbana de Coslada 1995-1996. Características generales, objetivos y clasificación.

30. Morfología y tipología edificatoria en el municipio de Coslada. Diferentes áreas de ordenanza, previstas en el Plan General de Coslada. Los Sistemas Generales en Coslada.

31. Las zonas verdes y las dotaciones en Coslada, tipos características estándares, Ordenanzas reguladoras.

32. La rambla de Coslada, origen, desarrollo, figuras de planeamiento y gestión.

33. Los polígonos industriales de Coslada, tipos, características, desarrollo, ordenanzas reguladoras planeamiento y gestión.

34. La vivienda unifamiliar y colectiva de Coslada, tipos, características, desarrollo, planeamiento, ordenanzas reguladoras y gestión.

35. El Centro de Transportes de Coslada y el Puerto Seco de Coslada, origen, desarrollo y planeamiento.

36. Los aparcamientos dotacionales en Coslada, características, ordenanzas de aplicación.

37. Ordenanza municipal reguladora de las instalaciones de ascensores en las edificaciones construidas de carácter residencial en Coslada.

38. Ordenanza municipal reguladora de la localización de uso residencial en planta baja en edificaciones multifamiliares residenciales en Coslada.

Grupo IV

Obras de edificación y urbanización

39. Normativa de la edificación. La Ley de Ordenación de la Edificación. El Código Técnico de la Edificación (CTE).

40. La seguridad en caso de incendio según el CTE. Documentos básicos DB-SI. El Reglamento de Seguridad contra Incendios en Establecimientos Industriales, Real Decreto 2267/2004.

41. Seguridad y salud en la edificación. El estudio y el plan de seguridad. Aplicación. Referencias al Real Decreto 1627/1997, sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en Obras de Construcción, posteriores modificaciones y normativa complementaria.

42. Acondicionamiento del terreno: explanaciones, vaciados, zanjas y pozos, drenajes y avenamientos. Sistemas de consolidación.

43. Cimentaciones directas o superficiales en el CTE. Zapatas aisladas. Zapatas combinadas y corridas. Pozos. Losas. Cimentaciones profundas en el CTE. Pilotes y micropilotes. Cimentaciones especiales.

44. Muros de contención. Pantallas. Taludes.

45. Estructuras de fábrica. Tipos de muros según el CTE. Ejecución. Control. Mantenimiento.

46. Hormigón armado. Componentes. Ejecución. Control. Mantenimiento. Estructuras porticadas y laminares.

47. Estructuras de acero en la edificación. Vigas y soportes. Cerchas. Uniones típicas según el CTE. Ejecución. Control. Mantenimiento.

48. Forjados. Tipos y materiales. Elementos compositivos. Ejecución y control.

49. Cubiertas inclinadas. Criterios de diseño: estanquidad al agua y al viento, captación y disipación de energía, confort, seguridad estructural y contra el fuego, durabilidad y mantenimiento. Materiales de cubrición.

50. Cubiertas planas. Elementos compositivos: base, soporte de impermeabilización, capas separadoras, impermeabilizante, aislamiento térmico, protección y acabado, evacuación. Tipos: fría, caliente, invertida, autoprotegida, ajardinada, “deck”, inundada, otras tipologías.

51. Envolventes de fachada. Fachadas ligeras: paneles metálicos y no metálicos, juntas permeables e impermeables. Fachadas pesadas: paredes con cámara, paneles de hormigón, paneles de GRC, otros materiales, anclajes. Revestimientos exteriores: aplacados de piedra y cerámicos, enfoscados, revocos, otros materiales. Carpinterías: elementos compositivos de puertas y ventanas, tipología y materiales.

52. Instalaciones de fontanería según el CTE. Agua fría y agua caliente sanitaria. Diseño. Dimensionado. Ejecución. Pruebas. Mantenimiento.

53. Instalaciones de evacuación de aguas según el CTE. Diseño. Dimensionado. Ejecución. Pruebas. Mantenimiento.

54. Acondicionamiento higrotérmico: tipos y sistemas. Generación de calor y de frío: energías tradicionales y renovables. La exigencia de eficiencia energética en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y en sus instrucciones técnicas. La certificación energética de edificios.

55. Instalaciones eléctricas de baja tensión: elementos y criterios de diseño. El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) 2002. Tipos de suministros. Locales de características especiales. Acometidas. Instalaciones de enlace, interiores y en locales de pública concurrencia previstas en las instrucciones técnicas complementarias del REBT.

56. Patología de la edificación. Patología de cerramientos y acabados arquitectónicos. Sistemas de apeos en la edificación.

57. Accesibilidad universal. La Ley 51/2003, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (LIONDAU). La Ley 8/1993, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la Comunidad de Madrid, y su Reglamento Técnico de desarrollo (Decreto 13/2007).

58. Pavimentos urbanos. Tipos. Criterios de utilización. Instrucción para el diseño de la vía pública. Pavimentos especiales. Accesibilidad. Pavimentación en zonas de interés histórico-artístico. Referencia al Plan de Calidad del Paisaje Urbano.

59. Financiación de actuaciones protegibles en materia de rehabilitación. Ayudas a la rehabilitación de edificios. Actuaciones en áreas de rehabilitación integral y renovación urbana. Ayudas RENOVE.

60. Redacción de proyectos de obras. Fases de trabajo. Documentos. Tramitación administrativa. Pliego de condiciones técnicas. Referencias a la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público (LCSP), y a su Reglamento.

Coslada, a 15 de abril de 2016.—La concejala-delegada de Personal, Macarena Orosa Hidalgo.

(03/14.377/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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