Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160505-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

159
Madrid número 24. Ejecución 71 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 71 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gregorio Sánchez Pascual, frente a “Reinfante, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 14 de enero de 2016.

Por recibido el anterior despacho de la comunidad de propietarios de la avenida General Fanjul, número 167, de Madrid, únase a los autos de su razón, dese traslado a las partes y remítase nuevo despacho a la misma, requiriéndole al objeto de que en caso de darse cantidades a favor de la entidad ejecutada “Reinfante, Sociedad Limitada”, se retenga y ponga a disposición de este Juzgado en la ejecución número 71 de 2013.

Siendo la cantidad adeudada en dichos autos de 3.480,44 euros, sin perjuicio de la posterior tasación de costas y liquidación de intereses, procédase al archivo provisional de las actuaciones en tanto no existan cantidades o bienes a fin de proceder a su embargo.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Reinfante, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/13.607/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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