Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
06-05-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160506-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

OTROS ANUNCIOS

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Valdemoro. Otros anuncios. Cesión de bienes patrimoniales

El Pleno del Ayuntamiento de Valdemoro, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de abril de 2016, fue aprobado por unanimidad, con los votos a favor de C’s (6), PP (5), PSOE (5), GaV (4), TUD (3) e IU (2) el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar la contestación a las alegaciones planteadas y recogidas en la certificación emitida por el secretario de la Corporación de 6 de abril de 2016, sobre el acuerdo de Pleno de 25 de febrero, en el que se aprobó la cesión gratuita de bienes patrimoniales del inmueble “Parque de Bomberos” de Valdemoro a favor de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía de Gobierno de la Comunidad de Madrid y aprobación de convenio para la transferencia de medios materiales del Ayuntamiento de Valdemoro en virtud de lo previsto en el artículo 220.2 del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid (Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre), en el que, entre otros, se contiene la deducción en la cuota de la cantidad satisfecha por el Ayuntamiento de Valdemoro según la cifra que se especifica en el cuerpo del convenio.

Segundo.—Aprobar definitivamente el expediente para la formalización de la cesión gratuita a favor de la Comunidad de Madrid, Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, del inmueble sito en calle Gaspar Bravo de Sobremonte, número 3, referenciado catastralmente 3173901VK4437S0001GH, y cuya descripción extensa consta en las certificaciones administrativas expedidas por la Secretaría General. De conformidad con lo establecido en los artículos 109 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1372/1986, de 13 de junio, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Tercero.—Según lo previsto en el artículo 111 del Real Decreto 1372/1986, los bienes cedidos deberán ser destinados a albergar el “Parque de Bomberos” en un plazo no superior a un año, debiéndose mantener su destino durante los treinta años siguientes. Si no fuesen destinados al uso para el que se ceden o dejasen de serlo posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá al Ayuntamiento de Valdemoro.

Cuarto.—Aprobar definitivamente el convenio para la transferencia de medios materiales del Ayuntamiento de Valdemoro en beneficio de la Comunidad de Madrid, en el marco del régimen que, en cuanto a la tasa por la cobertura del servicio de prevención y extinción de los incendios y salvamentos de la Comunidad de Madrid, se prevé en el artículo 220.2 del texto refundido de las Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, en el que, entre otros, se contiene la deducción en la cuota de la cantidad satisfecha por el Ayuntamiento de Valdemoro según la cifra que se especifica en el cuerpo del convenio.

Quinto.—Facultar al alcalde-presidente para la firma de cuantos documentos se entiendan necesarios a fin de ejecutar lo contenido en el presente acuerdo.

Sexto.—De este acuerdo se dará traslado a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocia del Gobierno y a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda».

En Valdemoro, a 3 de mayo de 2016.—El alcalde, Guillermo Gross del Río.

(03/16.725/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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