Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
06-05-2016

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160506-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Dedicación concejal

De conformidad con las determinaciones de los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 43.2.d) del ROP, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley citada, se hace público que el Pleno en sesión ordinaria de 21 de abril de 2016, quedó enterado del decreto de Alcaldía de 1 de abril de 2016, que determina el régimen de dedicación del concejal don Pablo Rivas Suárez, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Primero.—Declarar que el concejal del Grupo Político Municipal Popular, don Pablo Rivas Suárez, desempeñará su cargo en régimen de “sin dedicación”, percibiendo las asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que forme parte en la cuantía señalada por el Pleno.

Segundo.—Proponer al Área de Hacienda y a la Junta de Gobierno Local tramiten el oportuno expediente de modificación de créditos que recoja la nueva situación retributiva, si fuere necesario; y a la UA de Recursos Humanos para su conocimiento y efectos.

Tercero.—Publicar íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, esta resolución, y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Cuarto.—Dese cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre».

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el precedente decreto, de conformidad con lo establecido en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 8, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrá ser recurrido por los interesados potestativamente en reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento, en el plazo de un mes desde su notificación, o impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta publicación o de aquel en que se practique la notificación de la resolución del recurso potestativo de reposición si se hubiera interpuesto, o cualquier otro que considere.

Pozuelo de Alarcón, a 21 de abril de 2016.—El secretario general del Pleno accidental (resolución de 26 de febrero de 2016, de la Dirección General de Administración Local), Óscar Campelo Corrales.

(03/15.214/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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