Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
06-05-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160506-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11

88
Madrid número 11. Procedimiento ordinario 3 de 2013

EDICTO

Doña M. Concepción González Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 11.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 3 de 2013, instados por la procuradora doña Adela Cano Lantero en nombre y representación de “Debt Resolution Corp., SARL”, contra don Diego Manuel Martínez Rodríguez, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 3 de febrero de 2016, sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda representada por la procuradora doña Adela Cano Lantero, en nombre y representación de “Debt Resolution Corp., SARL”, contra don Diego Manuel Martínez Rodríguez, debo: condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 7.667,84 euros de principal, más los intereses legales de dicho importe a computar desde la presentación de la demanda.

Se imponen las costas de este juicio a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2439-0000-04-0003-13 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 11 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 2439-0000-04-0003-13.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Diego Manuel Martínez Rodríguez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 12 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.452/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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