Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
06-05-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160506-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5

108
Majadahonda número 5. Procedimiento ordinario 809 de 2014

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario número 809 de 2014 seguido a instancias de “BMW BANK GMBH”, sucursal en España, frente a don Helio Raúl Zazo Martín, don Luis Fernando Losada López, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 176 de 2015

En Majadahonda, a 9 de noviembre de 2015.—Vistos por don Sergio Burguillo Pozo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Majadahonda, y de su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado bajo el número 809 de 2014, promovidos a instancias de “BMW BANK GMBH”, sucursal en España, representada por el procurador de los Tribunales señor Muñoz Nieto y bajo la dirección de letrado, contra don Helio Raúl Zazo Martín y don Luis Fernando Losada López, declarados en situación de rebeldía procesal; versando sobre reclamación de cantidad. Habiendo recaído la presente con base en los siguientes:

Fallo

Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por el procurador señor Muñoz Nieto, en nombre y representación de “BMW BANK GMBH”, sucursal en España, frente a don Helio Raúl Zazo Martín y don Luis Fernando Losada López, declarados en situación de rebeldía procesal y, en consecuencia:

Condeno a don Helio Raúl Zazo Martín y don Luis Fernando Losada López, a abonar a “BMW BANK GMBH”, sucursal en España, la suma de 10.516,06 euros, así como los intereses establecidos en lucha contra la morosidad, y los de mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Todo ello con expresa condena en las costas de la demanda a don Helio Raúl Zazo Martín y don Luis Fernando Losada López.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, de acuerdo con los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero.

Y encontrándose dicho demandado don Luis Fernando Losada López, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Majadahonda, a 7 de marzo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.973/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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