Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160509-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83

78
Madrid número 83. Procedimiento 802 de 2015

EDICTO

Doña Marta Carmona Borrego, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 83.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 802 de 2015, instados por “Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima”, contra Asociación Española para la Calidad en la Edificación, en reclamación de 2.643,87 euros, en los que se ha dictado en fecha 29 de marzo de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación estatal de la “Sociedad Estatal Correos y Telégrafos”, contra la Asociación Española para la Calidad en la Edificación, debo declarar y declaro haber lugar a:

a) Condenar a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 2.643,87 euros.

b) Condenar a la demandada a pagar a la actora los intereses legales de la anterior cantidad.

c) Imponer a la demandada el pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella no cabe recurso alguno.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Asociación Española para la Calidad en la Edificación y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 29 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/14.695/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160509-78