Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160512-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 77

85
Madrid número 77. Procedimiento ordinario 1.696 de 2012

EDICTO

Doña María Micaela Hurtado Yelo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 77.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.696 de 2012, instados por el procurador don Jacobo García García, en nombre y representación de doña Pilar Batista Santana, contra doña Elena Rojo Calleja, don Baldomero David Moreno López y “Café-Bar La Miga, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado el 10 de marzo de 2015 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don Jacobo García García, en representación de doña Pilar Batista Santana, contra doña Elena Rojo Calleja, don Baldomero David Moreno López y “Cafetería-Bar La Miga, Sociedad Limitada”:

1. Declaro resuelto el contrato de 20 de diciembre de 2005 suscrito entre las partes.

2. Condeno a las demandadas a abonarle la cantidad de 44.289,22 euros, en concepto de devolución de la parte proporcional de la prima entregada como precio no amortizado, más los intereses legales desde la entrega, y la de 59.664 euros en el de daños y perjuicios irrogados, más los intereses legales desde la interpelación judicial, imponiendo a cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, interponiéndolo en este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes a su notificación.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido dictada, leída y publicada por el ilustrísimo señor magistrado-juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Cafe-Bar La Miga, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 19 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.770/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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