Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160512-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23

72
Madrid número 23. Divorcio contencioso 1.253 de 2014

EDICTO

Don Salvador González Bascueña, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 23 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 1.253 de 2014, instados por el procurador don Javier Pérez-Castaño Rivas, en nombre y representación de don Raúl Pasero Sánchez, contra doña Idayali Virgen Cruz, en los que se ha dictado sentencia de fecha 11 de abril de 2016, cuyo fallo es el siguiente:

Estimar la demanda y declarar disuelto, por divorcio, el matrimonio contraído el día 17 de abril de 2002 entre don Raúl Pasero Sánchez y doña Ydayali Virgen Cruz, con los efectos inherentes a dicha declaración y sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales. Revocar definitivamente los sentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

Declarar disuelta la sociedad de gananciales a cuya liquidación se procederá, en su caso, por los trámites de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Comuníquese la presente sentencia al Registro Civil en que consta la inscripción del matrimonio para su anotación marginal.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días en la forma prevista en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo exponer las alegaciones en que se basa, citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan, y siendo preceptiva para su admisión la constitución de depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez que la dictó estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Idayali Virgen Cruz, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 11 de abril de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/14.675/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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