Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160513-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Villa del Prado. Régimen económico. Ordenanza de precios públicos

Transcurrido el plazo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, sin que se hayan presentado reclamaciones al expediente de modificación de ordenanza de precios públicos, se eleva a definitivo el Acuerdo Provisional adoptado por la Junta de Gobierno Local de marzo de 2016 de acuerdo con el siguiente detalle:

“Aprobar la modificación del actual artículo 5 de la ordenanza de normas generales para el establecimiento o modificación de precios públicos del Ayuntamiento de Villa del Prado, de acuerdo con el siguiente detalle:

El cuadro de precios públicos se modifica de la siguiente forma, incluyendo el desglose que seguidamente se detalla, quedando el resto del contenido con la misma redacción”.



Contra este acuerdo definitivo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello, sin que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Villa del Prado, a 28 de abril de 2016.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.

(03/16.344/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160513-67