Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2016

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160519-67

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Moralzarzal. Organización y funcionamiento. Nombramientos tenientes de alcalde

Decreto de Alcaldía, de fecha 29 de abril de 2016, por la que se acuerda la modificación de los decretos de fecha 18 de junio y 23 de julio de 2015, de nombramiento de tenientes de alcalde, miembros de la Junta de Gobierno y se procede a la delegación de determinadas competencias en concejales miembros de la Corporación.

Considerando, lo establecido en los artículos 21.3, 23 y 71 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 7/85 del 2 de abril; así como los artículos 43 a 48 y 52 y siguientes, del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, del 28 de noviembre.

Considerando, el cese en su cargo de doña Agustina de la Concepción Labrador Hernández, y la adquisición del cargo de concejal de doña Susana Villarreal Bárcena, hacen necesaria la modificación de las delegaciones en su día realizadas por esta Alcaldía

He resuelto, con efectos del día 1 de mayo de 2016:

Primero.—Modificar el nombramiento de tenientes de alcalde, que en el orden señalado, ostentarán el cargo los siguientes miembros de la Corporación:

— Primera teniente de alcalde: doña Gema Duque Duque.

— Segundo teniente de alcalde: don Samuel Bernardo Ferreras Guillaumond.

— Tercera teniente de alcalde: doña Paula Lucena Pascual.

— Cuarta teniente de alcalde: doña Marcia Isabel Rocabado Delgadillo.

— Quinto teniente de alcalde: don Ángel Martínez Martínez.

Los así nombrados, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento, sustituirán al alcalde en sus funciones y en el orden establecido, en caso de ausencia, enfermedad o impedimento para el ejercicio de su función.

Segundo.—Junta de Gobierno Local: queda compuesta por los tenientes de alcalde citados en el apartado primero de la presente resolución.

Las competencias propias y delegadas de la Junta no se modifican respecto del decreto de esta Alcaldía de fecha 18 de junio de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio).

Tercero.—De las delegaciones genéricas:

3.1. En los términos establecidos en el artículo 43, apartado 3º del Reglamento de Organización y Funcionamiento se resuelve a favor de los concejales que se citan las siguiente delegaciones genéricas de las competencias otorgadas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, a la Alcaldía-Presidencia.

Las delegaciones generales efectuadas sobres éstas Áreas, comprenden tanto la dirección y gestión de los servicios, como las facultades de resolución y emisión de actos administrativos frente a terceros, autorización de gastos en los límites establecidos en la Ley, contratación menor y, específicamente para la delegación correspondiente al Área de Hacienda, ordenar pagos y librar fondos en calidad de clavero municipal, junto con el tesorero e interventor del Ayuntamiento.

Cualesquiera otras materias no incluidas en los apartados anteriores, excluidas aquellas reservadas al Pleno por la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, compete su gestión a Alcaldía en virtud de las competencias residuales del artículo 21 de la Ley citada, en especial en cuanto se modifica el régimen de delegación en materia de deporte, el servicio se adscribe directamente a Alcaldía.

3.2. No se modifican mediante el presente decreto las siguientes delegaciones contenidas en el decreto de 18 de junio de 2015:

— Concejalía-Delegada de Hacienda y Recursos Humanos, a favor de don Samuel Bernardo Ferreras Guillaumond.

— Concejalía-Delegada de Área de Gobierno de Servicios Sociales, Igualdad y Familia, a favor de doña Paula Lucena Pascual.

3.3. Nuevas delegaciones que se realizan mediante la presente resolución, quedando sin efecto las acordadas en fecha 18 de junio de 2015.

Se nombra concejala-delegada de Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Mayores y Turismo Local a doña Marcia Isabel Rocabado Delgadillo, con las siguientes competencias sin ánimo de exhaustividad:

a) Gestión integral de competencias municipales en las distintas Áreas, sin perjuicio de las competencias reservadas de Junta de Gobierno y Pleno.

b) Jefatura inmediata de personal adscrito a los servicios de su competencia.

c) Dirección de servicios del Centro Municipal del Mayor.

Se nombra concejal-delegado de Juventud, Comercio, Empleo y Desarrollo Local a don Ángel Martínez Martínez, con las siguientes competencias sin ánimo de exhaustividad:

a) Gestión integral de competencias municipales en las distintas Áreas, sin perjuicio de las competencias reservadas de Junta de Gobierno y Pleno.

b) Jefatura inmediata de personal adscrito a los servicios de su competencia.

c) Dirección de servicios de la Casa de la Juventud.

Se nombra a doña Susana Villarreal Bárcena, concejala-delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, con las siguientes competencias sin ánimo de exhaustividad:

a) Gestión integral de competencias municipales en las distintas Áreas, sin perjuicio de las competencias reservadas de Junta de Gobierno y Pleno.

b) Jefatura inmediata de personal adscrito a los servicios de su competencia.

c) Dictar resoluciones y actos administrativos con efectos frente a terceros en materia de urbanismo y medio ambiente (licencias, autorizaciones, etcétera).

d) Dirección y supervisión de los servicios de recogida de residuos de todo tipo y de mantenimiento y limpieza de zonas libres, viario y espacios verdes.

Se nombra a doña Gema Duque Duque, concejala-delegada de Educación, Cultura y Calidad de los Servicios, con las siguientes competencias sin ánimo de exhaustividad:

a) Gestión integral de competencias municipales en las distintas Áreas, sin perjuicio de las competencias reservadas de Junta de Gobierno y Pleno.

b) Jefatura inmediata de personal adscrito a los servicios de su competencia.

c) Representante municipal en Consejos Escolares y órganos educativos de cualquier tipo.

d) Dirección y supervisión de la Casa Municipal de Cultura.

e) Dirección y supervisión de los servicios generales del Ayuntamiento, incluyendo desarrollo de tecnologías e informática municipal.

Cuarto.—De las delegaciones especiales: no se modifican las delegaciones especiales de competencias realizadas para la gestión ordinaria de servicios al concejal-delegado de Sanidad y Consumo y Protección Civil, don Eduardo Álvarez Álvaro.

Quinto.—Delegaciones específicas: no se modifica la delegación específica a favor de doña Gema Duque Duque, para la autorización de matrimonios civiles en el término de Moralzarzal.

Sexto.—Del personal eventual o de confianza.

Considerando lo dispuesto en artículo 104.bis de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local del siguiente modificada por Ley 27/2013, de Racionalización de la Administración Local, se acuerda:

— El cese de doña Susana Villarreal Bárcena como responsable del Área de Urbanismo y Medio Ambiente.

— Ratificar el nombramiento de don Luis Mateo Luna Pereira, DNI 07536223-C, como responsable del Área de Comunicación.

— Los así nombrados percibirán las retribuciones establecidas en las bases de ejecución del presupuesto municipal.

Séptimo.—Dedicación parcial y exclusiva de concejales con responsabilidades de gobierno. De conformidad con las bases de ejecución presupuestaria, el régimen de ejercicio de las funciones del puesto será la siguiente:

Puestos de dedicación exclusiva:

— Alcaldía-Presidencia.

— Concejala-delegada de Área de Gobierno de Educación, Cultura y Calidad de Servicios.

— Concejala-delegada de Área de Gobierno Urbanismo y Medio Ambiente.

— Concejal-delegado de Hacienda y Recursos Humanos.

— Concejala-delegada de Servicios Sociales, Igualdad y Familia.

Puestos de dedicación parcial:

— Concejala-delegada de Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Mayores y Turismo Local.

— Concejal-delegado de Juventud, Comercio, Desarrollo Local y Empleo.

— Concejal-delegado de Sanidad y Consumo.

Octavo.—Retribuciones de Alcaldía, Concejalía y personal de confianza.

Dentro de los límites determinados por la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 27/2013, de Racionalización de la Administración Local, la determinación del régimen retributivo en dedicación exclusiva y parcial y del personal eventual o de confianza, será establecido mediante acuerdo plenario a través de las bases de ejecución presupuestaria, y condicionado en su eficacia a la efectiva existencia de crédito disponible en conformidad con lo establecido en dichas bases.

Así lo mando y firmo en Moralzarzal, a 29 de abril de 2016.—Ante mí, el secretario, Santiago Perdices Rivero, el alcalde-presidente, Juan Carlos Rodríguez Osuna.

(03/16.945/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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