Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160520-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

124
Madrid número 13. Procedimiento 318 de 2015

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 318 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Cruz de la Fuente Carramolino, frente a “Eventos Araceli, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), “Grupo Araceli CC, Sociedad Limitada”, “Jardines Puente Cultural, Sociedad Limitada”, “Ron Investment, Sociedad Anónima”, y “Thocha Servicios Generales, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en genearl, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 18 de abril de 2016

Parte dispositiva:

1. Se admiten las pruebas propuestas por “Eventos Araceli, Sociedad Limitada”, por guardar relación con el objeto litigioso.

2. Ha lugar a la práctica anticipada las pruebas interesadas por el/la referido/a solicitante y, en su consecuencia, se acuerda:

En cuanto a la documental de vida laboral de la actora, se accederá a la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social y se une a los autos.

Respecto a la prueba de Tesorería General de la Seguridad Social, no ha lugar a la misma y se acordará en fase ejecutiva lo que proceda.

Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con lo acordado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco de Santander”, número 2511-0000-61-0318-15.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma el magistrado-juez, Ángel Juan Alonso Boggiero.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Thocha Servicios Generales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.082/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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