Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160520-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

107
Madrid número 5. Ejecución 229 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 241 de 2015, ejecución número 229 de 2015, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar Martos Sánchez, frente a “Otto Gomepi Restaurante, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 21 de abril de 2016.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en fecha 20 de abril de 2016 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por doña María del Mar Martos Sánchez solicitando la ejecución del auto por el que se condena a “Otto Gomepi Restaurante, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 21 de abril de 2016.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del auto a favor de la parte ejecutante doña María del Mar Martos Sánchez, frente a la demandada “Otto Gomepi Restaurante, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 15.715,50 euros (de los cuales 1.540,11 euros corresponden a indemnización, 11.760,84 euros corresponden a salarios de tramitación y 2.414,55 euros corresponden a otra cantidad establecida en sentencia), más 786,00 euros y 1.571,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2503/0000/00/0241/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ángela Mostajo Veiga.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Otto Gomepi Restaurante, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.905/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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