Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160520-157

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

157
Madrid número 24. Procedimiento 625 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 625 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de la Soledad de la Torre Gil, frente a “CES Sociedad Cooperativa Madrileña”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 68 de 2016

En Madrid, a 4 de marzo de 2016.—La ilustrísima señora doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha visto el procedimiento número 625 de 2015, sobre despido, seguido a instancias de doña María de la Soledad de la Torre Gil, asistida del letrado don Antonio Callejón Eickelmann, contra “CES Sociedad Cooperativa Madrileña” y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen.

Fallo

Estimando la demanda de despido a instancia de doña María de la Soledad de la Torre Gil, contra “CES Sociedad Cooperativa Madrileña” (en concurso), y don Jorge Pérez Pérez, en calidad de administrador concursal, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, condenando a la empresa demandada a abonar a la actora la indemnización de 5.896,99 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, cuenta corriente número 0049/3569/92/0005001274, y al concepto clave 25220000000062515, indicando la persona o empresa que efectúa el ingreso, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la cuenta abierta en la misma entidad con el número 0049/3569/92/0005001274, y al concepto clave 25220000000062515, la cantidad objeto de condena, siendo posible la transferencia del importe a la misma entidad o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por la ilustrísima magistrada-juez que la dictó celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “CES Sociedad Cooperativa Madrileña”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.881/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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