Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160524-34

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. Avocación competencia

Acuerdo de 5 de mayo de 2016, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avoca la competencia para la realización de obras y actuaciones en determinados inmuebles e instalaciones municipales adscritos a los Distritos, con la naturaleza de inversiones financieramente sostenibles, y se delega en la Dirección General de Patrimonio del Área de Gobierno de Economía y Hacienda.

La disposición adicional octogésima segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece que, en relación con el destino del superávit presupuestario de las Entidades Locales correspondiente al año 2015, se prorroga para 2016 la aplicación de las reglas contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo que se deberá tener en cuenta la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en la que se definen las inversiones financieramente sostenibles.

De acuerdo con la normativa citada, la iniciación del correspondiente expediente de gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá realizar por parte de la Corporación Local antes de la finalización del ejercicio 2016. No obstante, en el supuesto de que el proyecto de inversión no pueda ejecutarse íntegramente en 2016, la parte restante del gasto comprometido en 2016 se podrá reconocer en el ejercicio 2017, financiándose con cargo al remanente de Tesorería de 2016, que quedará afectado a ese fin por ese importe restante y la Entidad Local no podrá incurrir en déficit al final del ejercicio 2016.

Con la naturaleza de inversiones financieramente sostenibles se van a realizar por parte del Ayuntamiento de Madrid las obras y actuaciones en los inmuebles e instalaciones municipales adscritos a los Distritos que se relacionan en el anexo al presente Acuerdo.

Por parte de los Distritos se ha manifestado que carecen del personal preciso y necesario para ejecutar dichas actuaciones en el plazo mencionado, siendo además que la Dirección General de Patrimonio, perteneciente al Área de Gobierno de Economía y Hacienda, dispone de una mayor suficiencia de medios materiales y técnicos ordinarios para poder acometer las actuaciones referidas dentro del plazo perentorio exigido en la normativa mencionada.

De conformidad con lo previsto en el apartado 4.o 6.4.a) y b) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias de los Distritos, corresponde a los concejales-presidentes de los Distritos la competencia relativa a la rehabilitación, conservación y mantenimiento de los edificios de propiedad municipal, incluidos los bienes inmuebles del Patrimonio Histórico (niveles de protección I y II del Plan General) y de las instalaciones deportivas municipales que tengan adscritos; la conservación y mantenimiento de los colegios públicos; la realización de las obras de construcción y gran reforma de los inmuebles destinados a albergar servicios del Distrito, cuando por sus especiales características técnicas u otras de carácter económico así se estime por el titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda; la construcción, conservación, rehabilitación y mantenimiento de las instalaciones elementales deportivas o culturales al aire libre, así como la promoción de una gran reforma de dichas instalaciones.

No obstante, existen razones técnicas derivadas de la mayor cualificación y especialización técnica del personal de la Dirección General de Patrimonio para poder realizar dentro del plazo previsto, como inversiones financieramente sostenibles, las obras y actuaciones que se indican en el anexo que aconsejan que, de forma puntual, las mismas se realicen por esa Dirección General.

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, avoque la competencia previamente delegada en los concejales-presidentes de los Distritos, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.o 6.4.a) y b) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias de los Distritos, y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Patrimonio del Área de Gobierno de Economía y Hacienda.

Por parte de la Dirección General de Patrimonio se manifiesta que la competencia delegada podrá ser desarrollada con sus propios recursos materiales, personales y económicos ordinarios, por lo que no se precisaría la elaboración de análisis de viabilidad, en aplicación de la resolución de 4 de mayo de 2016, de la gerente de la Ciudad, por la que se aprueba la instrucción de aplicación de las directrices para la elaboración del análisis de viabilidad de acuerdos, decretos y resoluciones.

Las competencias en materia de contratación, gastos y convenios que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias en el Área de Gobierno de Economía y Hacienda.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Asociaciones y del titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, que eleva la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo en su calidad de primera teniente de alcalde y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de mayo de 2016,

ACUERDA

Primero.—Avocar la competencia delegada en los concejales-presidentes de los Distritos en el apartado 4.o 6.4.a) y b) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias de los Distritos, única y exclusivamente en lo relativo a la realización de las obras y actuaciones en los inmuebles e instalaciones municipales adscritos a los Distritos que se relacionan en el anexo al presente Acuerdo, que tengan la naturaleza de inversiones financieramente sostenibles en los términos previstos en la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Segundo.—Delegar en la Dirección General de Patrimonio del Área de Gobierno de Economía y Hacienda la competencia avocada en el apartado anterior.

Las competencias en materia de contratación, gastos y convenios que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda.

Tercero.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Cuarto.—Se faculta a la Gerencia de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.

Quinto.—Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.

Sexto.—El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Séptimo.—Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

ANEXO

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Escuela de Música “Joaquín Turina”, en calle Dalia, número 4, con vuelta a calle Jazmín, números 9-11. Distrito Ciudad Lineal.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Escuela Infantil “Ciudad Lineal III”, en calle Martínez Villergas, número 46. Distrito Ciudad Lineal.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Centro de Apoyo al Profesorado, en calle Hermanos García Noblejas, número 70. Distrito Ciudad Lineal.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Centro Deportivo “Concepción”, en calle José Hierro, número 5. Distrito Ciudad Lineal.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Escuela Infantil “Rafael Bergamín”, en calle Rafael Bergamín, número 28. Distrito Ciudad Lineal.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Escuela Infantil, calle Portugalete, número 6. Distrito Ciudad Lineal.

— Reformas en Centro Integrado “Jazmín”, calle Jazmín, número 48. Distrito Ciudad Lineal.

— Subsanación de patologías en piscina CDM “La Almudena”. Distrito Ciudad Lineal.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en E. I. “Las Amapolas”. Distrito Carabanchel.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Centro Municipal de mayores “San Vicente de Paúl”. Distrito Carabanchel.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Biblioteca “La Chata”. Distrito Carabanchel.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Centro Socio Cultural “San Francisco de la Prensa”, calle Aliseda. Distrito Carabanchel.

— Reforma Centro de Día y de Alzheimer “Aurora Villa”. Distrito Carabanchel.

— Consolidación estructural y acondicionamiento del edificio anexo a la biblioteca “La Chata”. Distrito Carabanchel.

— Reforma integral del edificio de vestuarios, instalación de climatización en el pabellón polideportivo y adaptaciones en materia de accesibilidad y salubridad pública en el CDM “La Mina”. Distrito Carabanchel.

— Subsanación de patologías en el CDM “Antiguo Canódromo”. Distrito Carabanchel.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Centro de Educación Infantil y Primaria “Isabel La Católica”. Distrito Centro.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Centro de Educación Infantil y Primaria “Loyola de Palacios”. Distrito Villa de Vallecas.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Centro de Educación Infantil y Primaria “Ciudad de Valencia”. Distrito Villa de Vallecas.

— Obras de subsanación de deficiencias de revisión del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en Centro de Educación Infantil y Primaria “Juan de Herrera”. Distrito Villa de Vallecas.

— Sede junta zona ajardinada. Adecuación al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión del alumbrado y acondicionamiento con tipo led. Distrito San Blas-Canillejas.

— Biblioteca “José Hierro”. Adecuación a tecnología tipo led del edificio con pintura de zonas afectadas y adecuación al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión del alumbrado exterior. Distrito San Blas-Canillejas.

— Reformas en Residencia Municipal para Enfermos de Alzheimer “Margarita Retuerto”, calle Francisco Altimiras, número 2. Distrito Salamanca.

— Polideportivo “Gallur”. Reforma campo de fútbol y pistas exteriores. Distrito Latina.

— Piscina cubierta en el Centro Deportivo Municipal “Aluche”. Distrito Latina.

— Centro de Atención a la Infancia VI, en calle Alverja, número 11. Distrito Latina.

— Polideportivo “La Elipa”. Obras de Reforma. Distrito Moratalaz.

— Polideportivo de Moratalaz. Obras de accesibilidad y reformas. Distrito Moratalaz.

— Obras de sustitución del solado del Centro de Servicios Sociales “Vicente Ferrer” y Centro Comunitario “Josefa Amar”. Distrito Tetuán.

— Obras de accesibilidad en Centro Deportivo Municipal “Plata y Castañar”. Distrito Villaverde.

— Obras de accesibilidad en piscina de La Vaguada. Distrito Fuencarral.

— Subsanación de patologías de escalera en Centro de Servicios Sociales “Dehesa de la Villa”. Distrito Moncloa-Aravaca.

— Gradas en campo de fútbol 11 en Centro Deportivo Municipal “Valdebernardo”, en calle Ladera de los Almendros. Distrito Vicálvaro.

Lo que se publica por acuerdo de la Junta de Gobierno para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 5 de mayo de 2016.—El jefe de Servicio de Apoyo Institucional, Cirilo García Teresa.

(03/17.633/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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