Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160530-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 27

71
Madrid número 27. Procedimiento 627 de 2014

EDICTO

Doña María Mercedes García Somolinos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 27 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia-divorcio contencioso número 627 de 2014, instados por la procuradora doña Susana de la Peña Gutiérrez, en nombre y representación de don Willian Suárez Martín, contra doña Luz Dary Serna de Calle, en los que se ha dictado en fecha 25 de noviembre de 2015 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que, estimando parcialmente la demanda de divorcio interpuesta respecto del matrimonio don Willian Suárez Marín, mayor de edad, con DNI número 72842503-P, respecto de su esposa doña Luz Dary Serna de Calle, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, su matrimonio celebrado el 8 de marzo de 2011 inscrito en el Registro Civil de Madrid, tomo 00504, página 191, sección segunda, adoptando como medidas complementarias definitivas las siguientes:

1. La disolución del matrimonio de ambos cónyuges, cesando la presunción de convivencia conyugal.

2. La revocación de consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

3. Se declara extinguido el régimen económico del matrimonio hasta ahora subsistente. Igualmente, se autorizan a vivir separados y a no interferirse en sus vidas privadas.

No procede la condena en costas en atención al acuerdo de las partes en el acto de la vista y la naturaleza del procedimiento.

Firme que sea esta sentencia y de conformidad con el artículo 755 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y artículo 61 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, comuníquese la disolución del matrimonio por la letrada de la Administración de Justicia de este Juzgado al encargado del Registro Civil de Madrid para la práctica de la correspondiente nota marginal.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que la presente resolución no es firme y contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, a contar del siguiente al de su notificación, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo acuerda, manda y firma don Francisco Javier Pérez-Olleros Sánchez-Bordona, magistrado-juez titular del Juzgado de primera instancia número 27 de los de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Luz Dary Serna de Calle y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 21 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.132/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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