Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160531-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

106
Madrid número 14. Ejecución 49 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 49 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mercedes Serna Martínez, frente a “Voice Mobil Phone, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Mercedes Serna Martínez con la empresa “Voice Mobil Phone, Sociedad Limitada”, con fecha 26 de abril de 2016, condenando a la demandada a que abone a la trabajadora las siguientes cantidades:

Indemnización: 1.621,13 euros.

Salarios de tramitación: 2.227 euros.

Salarios y otros conceptos adeudados a fecha del despido: 2.003,38 euros, más el interés correspondiente a un tipo anual del 10 por 100.

Y todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Voice Mobil Phone, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.480/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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