Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160531-24

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de 6 de abril de 2016, de la gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, por la que se aprueba la convocatoria de becas de ayudas al estudio correspondientes a las acciones formativas de la programación municipal gestionadas por la Agencia para el Empleo de Madrid para el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2015.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS 306790

Primero. Beneficiarios.—Alumnos o alumnas que hayan participado en los cursos de formación de la programación municipal gestionadas por la Agencia para el Empleo de Madrid para el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2015.

Segundo. Objeto.—El objeto de las becas es una ayuda económica cuyo objetivo es compensar la participación del alumnado en las acciones formativas y estimular e incentivar con ello la búsqueda de empleo.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a 219.000 euros. Dicha convocatoria corresponde a los cursos de la programación municipal general.

La cuantía de la beca de ayuda a la participación en las acciones formativas será de 9,00 euros por cada día lectivo de asistencia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de un mes desde la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Para la concesión de la becas se requiere haber realizado con aprovechamiento el curso al que se ha asistido, que genera el derecho a su concesión.

Madrid, a 6 de abril de 2016.—La gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

(03/19.655/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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