Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2016

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160608-59

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

59
Madrid. Sala de lo Social. Sección Segunda. Procedimiento 586 de 2014

SALA DE LO SOCIAL

Sección Segunda

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Asunción Oliet Palá, letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Segunda de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 586 de 2014 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Vicente Muñoz Pérez, frente a “Aerolíneas Argentinas, Sociedad Anónima”, “Austral Líneas Aéreas, Sociedad Anónima”, “Teinver, Sociedad Anónima”, “Astra Worldwide International Leasing, Limited”, “Viajes Marsans, Lda.”, “Parihol, Sociedad Anónima”, “Interinvest, Sociedad Anónima”, “Trapsatur, Sociedad Anónima”, “Holdisan, Sociedad Limitada”, “Travel Bus, Sociedad Anónima”, “Ruraltours, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Hotetur, Sociedad Anónima”, “Tiempo Libre, Sociedad Anónima”, “Viajes Crisol, Sociedad Anónima”, “Viajes Marsans, Sociedad Anónima”, “Newco Airport Services, Sociedad Anónima”, y “Viajes Atenea, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre recurso de suplicación, se han dictado las siguientes resoluciones:

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación legal de don Vicente Muñoz Pérez contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 39 de Madrid de fecha 30 de julio de 2013, aclarada por el auto de fecha 20 de septiembre de 2013, en los autos número 893 de 2010, seguidos en virtud de demanda presentada contra la empresa “Viajes Marsans, Sociedad Anónima”, y otros, en reclamación de resolución de contrato y despido, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución. Sin costas.

Diligencia de ordenación de letrada de la Administración de Justicia, doña Asunción Oliet Palá.—En Madrid, a 12 de mayo de 2016.

Visto que se ha acreditado por la parte demandada, constituida por “Viajes Marsans, Lda.”, “Ruraltours, Sociedad Anónima Unipersonal”, “GPA Autobuses Urbanos, Sociedad Anónima Laboral”, “World Transcongres, Sociedad Limitada”, “Vacaciones y Turismo Rural, Sociedad Limitada”, y “Parque Pórtico, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, notifíquese la resolución dictada en las presentes actuaciones mediante edicto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al que se oficiará a efecto.

En el edicto hágase la advertencia a que se refiere el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, a propósito de que a partir de la resolución objeto de notificación por edictos y salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, las notificaciones a la parte que se encuentra en ignorado paradero se efectuarán en estrados.

En consecuencia, la presente diligencia de ordenación se notificará en estrados a la parte en ignorado paradero.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante la letrada de la Administración de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia de notificación en estrados.—En igual fecha que la diligencia de ordenación anterior, se procede a notificar la misma en estrados a “Viajes Marsans, Lda.”, “Ruraltours, Sociedad Anónima Unipersonal”, “GPA Autobuses Urbanos, Sociedad Anónima Laboral”, “World Transcongres, Sociedad Limitada”, “Vacaciones y Turismo Rural, Sociedad Limitada”, y “Parque Pórtico, Sociedad Limitada”.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Viajes Marsans, Lda.”, “Ruraltours, Sociedad Anónima Unipersonal”, “GPA Autobuses Urbanos, Sociedad Anónima Laboral”, “World Transcongres, Sociedad Limitada”, “Vacaciones y Turismo Rural, Sociedad Limitada”, y “Parque Pórtico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/18.633/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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