Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160608-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

150
Madrid número 39. Ejecución 102 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Victoria Delgado Robledo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 102 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Lucía Aslan, doña Martha Elena Escalera Abasto, doña Mercedes Pinto Siles y doña Mónica Patricia Andrade Sánchez, frente a “Atención Domiciliaria San Camilo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

a) Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Mónica Patricia Andrade Sánchez, doña María Lucía Aslan, doña Martha Elena Escalera Abasto y doña Mercedes Pinto Siles, frente a la demandada “Atención Domiciliaria San Camilo, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal total de 7.507,00 euros, correspondiendo concretamente:

A doña Mónica Patricia Andrade Sánchez: 2.013 euros.

A doña María Lucía Aslan: 2.046 euros.

A doña Martha Elena Escalera Abasto: 1.270 euros.

A doña Mercedes Pinto Siles: 2.178 euros.

Más 750,70 euros y 750,70 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 4283/0000/64/0101/16.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Atención Domiciliaria San Camilo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/18.735/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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