Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
09-06-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160609-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

87
Madrid número 39. Procedimiento ordinario 1.545 de 2013

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre “Productos Cosméticos, Sociedad Limitada Unipersonal” y “Amape Centros de Belleza, Sociedad Limitada”, “Iluminate For Life, Sociedad Limitada” y don David Teig Pozuelo, en reclamación de en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 245 de 2015

En Madrid, a 4 de noviembre de 2015.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de esta ciudad, los autos de juicio ordinario número 1.545 de 2013, seguido a instancias de “Productos Cosméticos, Sociedad Limitada Unipersonal”, quien ha actuado con la representación y defensa del procurador don Luis Ortiz Herraiz, contra don David Teig Pozuelo, “Iluminate For Life, Sociedad Limitada” y “Amape Centros de Belleza, Sociedad Limitada”, todas ellas en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

1. Estimo íntegramente la demanda presentada por “Productos Cosméticos, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra don David Teig Pozuelo, “Iluminate Foro Life, Sociedad Limitada” y “Amape Centros de Belleza, Sociedad Limitada”, a quienes condeno solidariamente a pagar a la actora la suma de 32.105,60 euros.

2. Los demandados abonarán asimismo los intereses en la forma establecida en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución.

3. Condeno a los demandados al pago de las costas del pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber de que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado (cuenta número 2533) de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la interposición del recurso.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Extendida y firmada esta sentencia por la magistrada-juez que la ha dictado, se notifica y archiva en la oficina judicial, dándole publicidad en la forma permitida u ordenada por la Constitución y las Leyes. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Iluminate For Life, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Madrid, a 2 de marzo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/19.903/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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