Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160610-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

107
Madrid número 7. Ejecución 214 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 214 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Constantin Cristian Vaduva, frente a don Julio Martínez Rodríguez y doña María Isabel Fernández García, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Belén Gómez Rodríguez.—En Madrid, a 20 de mayo de 2016.

No habiéndose cumplido la orden de retención o ingresos de rentas acordado en decreto de embargo de fecha 16 de octubre de 2015, se cita a las partes para celebrar la comparecencia establecida en el artículo 631 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en la sede de esta oficina judicial para el día 6 de julio de 2016, a las diez horas, con el fin de que lleguen a un acuerdo sobre el nombramiento de administrador judicial, persona que deba desempeñar tal cargo, exigencia o no de caución, forma de actuación, rendición de cuentas y retribución procedente, con la advertencia de que a los interesados que no comparezcan injustificadamente se les tendrá por conformes con lo acordado por los comparecientes, sirviendo la notificación de la presente resolución de citación en forma.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Isabel Fernández García, don Julio Martínez Rodríguez y “Martínez González, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/20.296/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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