Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
11-06-2016

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160611-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2016, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Valoriza S. M.-LPV-RSU Coslada” y representantes legales de los trabajadores y representante CC OO de Construcción y Servicios y representante FSP-UGT y asesor CC OO de Construcción y Servicios (PCM-0144/2016).

Vista el acta de la mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de abril de 2016.—El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.

Expediente número: PCM-0144/2016.

En Madrid, a las doce y treinta horas del día lunes 14 de marzo de 2016.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Miguel Rosa Fernández.

Vocal: Don Domingo Bartolomé Llorente.

Vocal: Don Federico Roncal Serra.

Secretario: Don Isaías Martínez García.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha lunes 7 de marzo de 2016, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Doña Carmen Rodríguez Calvo, en calidad de representante legal.

La empresa “Valoriza S. M.-LPV-RSU Coslada”, con domicilio en calle Juan Esplandiú, número 11, Madrid.

De otra parte constan como citados y comparecen:

Don José García-Miguel Caballero, en calidad de representante CC OO de Construcción y Servicios.

Don Ismael García Jordán, en calidad de representante FSP-UGT.

Don José Luis Marténez Abad, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Pedro Estrada Fernández, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don José Sierra Martín, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don José Ballesteros Vidal, en calidad de asesor CC OO de Construcción y Servicios.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Félix Carrión Jimeno, representante de la Federación de CC OO de Construcción y Servicios

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de mediación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. La parte social, en virtud de la sentencia número 952/15 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y para solucionar la situación actual de incertidumbre, propone las siguientes medidas:

a. Restitución del comité anterior a la revocación iniciada en abril de 2014 (6 UGT + + 3 CC OO).

b. Dejar sin efecto todas las actas de la comisión negociadora del convenio colectivo firmadas desde entonces.

c. Convocar nuevas elecciones sindicales, registrando el preaviso la UGT.

2. Con la firma del presente acuerdo, las partes quedan satisfechas, sin que nada más tengan que reclamar por dicho tema.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las doce y cincuenta horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado).

(03/18.649/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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