Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2016

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160613-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAGAMELLA

PERSONAL

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Navalagamella. Personal. Organización y asignaciones de concejales

En cumplimiento del artículo 46.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales y en relación con el artículo 21 de la Ley 7/1985, por acuerdo del Pleno de 17 de marzo de 2016, se hace público el siguiente anuncio que complementa el publicado en julio de 2015 sobre organización y asignaciones concejales del Ayuntamiento.

Concejales con dedicación parcial:

— Alcalde: don Andrés Samperio Montejano (50 por 100), 1.400 euros/mes.

— Concejala: doña Carolina García Serrano (50 por 100), 900 euros/mes.

— Concejala: doña Irene Casado García (50 por 100), 900 euros/mes.

Los concejales con dedicación parcial no cobran dietas por asistencias a comisiones ni plenos.

— Don Santos Gutiérrez Rodríguez; por todas las Juntas de Gobierno, máximo 700 euros/mes.

— Doña Laura Blázquez del Hierro; dedicación parcial 20 por 100, 360 euros/mes.

— Don José Félix León García; dedicación parcial 20 por 100, 360 euros/mes.

— Don David Adelmo Concepción Fernández; dedicación parcial 15 por 100, 270 euros/mes.

Los demás concejales que no están en el régimen de dedicación parcial cobrarán lo establecido en el acuerdo de julio de 2015 por asistencia a plenos y comisiones.

Quedan sin efecto las delegaciones del Pleno en la Comisión de Gobierno de fecha 13 de julio de 2015; y las sesiones ordinarias del Pleno de la corporación serán a las dieciocho horas, cada dos meses.

En Navalagamella a 31 de mayo de 2016.—El alcalde-presidente, Andrés Samperio Montejano.

(03/20.434/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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